Orden MinisterialNacionalvigente

Auto de 27 de mayo de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que aclara la sentencia de 8 de abril de 2019, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 4431/2016, en el sentido de completar el fallo por omitir la declaración de nulidad de los Reales Decretos 11/2016, de 8 de enero, y 21/2016, de 15 de enero, así como de las Órdenes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, de 23 de febrero y 21 de abril de 2016.

BOE-A-2019-9426Publicada: 22/06/2019TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Auto de 27 de mayo de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que aclara ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Tribunal Supremo corrige un error en una sentencia anterior, declarando nulos los Reales Decretos 11/2016 y 21/2016, así como las Órdenes de la Consejería de Medio Ambiente de Andalucía, por ser contrarias al ordenamiento jurídico. 2. **CONTEXTO** El recurso contencioso-administrativo 4431/2016 fue interpuesto por Bacardi España, S.A. contra varios Reales Decretos y órdenes andaluzas relacionados con planes hidrológicos y de gestión de riesgo de inundación. La Sala Tercera del Tribunal Supremo dictó una sentencia en abril de 2019, pero esta omitió declarar la nulidad de dichos instrumentos. En mayo de 2019, se dictó un auto de aclaración para corregir este error. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El auto de 27 de mayo de 2019, dictado por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, corrige un error material en la sentencia de 8 de abril de 2019, que se había dictado en el recurso contencioso-administrativo número 4431/2016. En la sentencia original, se estimó el recurso interpuesto por Bacardi España, S.A. contra los Reales Decretos 11/2016 y 21/2016, así como contra las Órdenes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía de 23 de febrero y 21 de abril de 2016. Sin embargo, en la parte dispositiva de la sentencia, no se incluía la declaración de nulidad de dichos instrumentos, lo cual se consideró un error material. El auto de aclaración corrige este error, incorporando la declaración de nulidad de los Reales Decretos y las órdenes andaluzas, al considerar que son contrarios al ordenamiento jurídico. El Tribunal Supremo se basa en el principio de legalidad, según el cual las normas deben ser compatibles con el derecho vigente. En este caso, los instrumentos en cuestión se consideran nulos porque no cumplen con los requisitos legales establecidos. La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en su decisión, afirma que dichos instrumentos "se declaran nulos por ser contrarios al ordenamiento jurídico", lo que implica que no tienen valor legal y no pueden aplicarse. Además, el auto establece que el recurso se estima, lo que significa que se acepta la demanda y se declara la nulidad de los instrumentos impugnados. La sentencia no impone costas, lo que sugiere que el Tribunal considera que la parte recurrente no ha incurrido en errores procesales que justifiquen la carga de costas. Este auto refleja la importancia de la corrección de errores materiales en el derecho administrativo, especialmente cuando afectan a la validez de normas que pueden tener impacto significativo en derechos de terceros. La Sala Tercera del Tribunal Supremo, al corregir la sentencia, garantiza que el derecho se aplica de manera correcta y que las normas impugnadas no se aplican con efectos legales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Supremo corrige un error en una sentencia anterior, declarando nulos varios Reales Decretos y órdenes andaluzas. La decisión se basa en la incompatibilidad de dichos instrumentos con el ordenamiento jurídico. No se impone costas al recurrente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: El Tribunal Supremo corrige un error en una sentencia anterior. ⚠️ **Nulidad de normas**: Se declara nula la validez de varios Reales Decretos y órdenes andaluzas. 📋 **Incompatibilidad con el derecho**: Los instrumentos impugnados son considerados contrarios al ordenamiento jurídico. ℹ️ **No hay costas**: La parte recurrente no asume costas en el procedimiento. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Tribunal Supremo - **Tipo**: Auto de aclaración - **Fecha**: 27 de mayo de 2019 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho hidráulico, derecho ambiental - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Supremo, nulidad, Reales Decretos, órdenes andaluzas, derecho administrativo ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la sentencia del Tribunal Supremo de 2019, los Reales Decretos 11/2016 y 21/2016, junto con las órdenes andaluzas, permanecían vigentes sin haber sido declarados nulos, a pesar de su posible inconstitucionalidad. Esta situación contrasta con el marco jurídico estatal y europeo, que exige la conformidad con los principios de legalidad y proporcionalidad. La importancia de esta resolución radica en que establece una claridad jurídica, asegurando que las normas no puedan aplicarse de forma contraria al derecho, lo cual es fundamental para el respeto del ordenamiento jurídico y la protección de los derechos de los ciudadanos.

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