Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TEC/975/2019, de 30 de septiembre, por la que se modifican las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos correspondientes al ejercicio 2019, aprobadas por Orden TEC/1428/2018, de 27 de diciembre.

BOE-A-2019-13902Publicada: 01/10/2019MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TEC/975/2019, de 30 de septiembre, por la que se modifican las cuotas de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden TEC/975/2019 modifica las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) para el ejercicio 2019, estableciendo nuevas tasas por producto y periodo de existencias estratégicas. 2. **CONTEXTO** La Orden TEC/1428/2018, publicada en el BOE el 31 de diciembre de 2018, establecía las cuotas para el ejercicio 2019. Durante los meses de enero a julio de 2019, se registró una reducción del 3% en los costes de la CORES respecto al presupuesto estimado. La Orden TEC/975/2019, publicada el 30 de septiembre de 2019, ajusta estas cuotas, modificando las tasas por producto y periodo de existencias estratégicas. La norma se basa en el Real Decreto 1716/2004, que regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad y la actividad de la CORES. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden TEC/975/2019 modifica las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) para el ejercicio 2019, aprobadas previamente por la Orden TEC/1428/2018. Esta norma se fundamenta en el Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, que establece la obligación de mantener existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos y la creación de la CORES. Según el Real Decreto 1716/2004, artículos 25 y 26, las cuotas unitarias por grupo de productos se establecen por Orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y se abonan de forma proporcional a los días de existencias estratégicas mantenidas por la CORES. La Orden TEC/975/2019 establece las siguientes cuotas para los productos petrolíferos: - **Gasolinas auto y aviación**: 0,0611 euros por metro cúbico vendido o consumido, y por día de existencias mantenido por la CORES. - **Gasóleos de automoción, otros gasóleos, querosenos de aviación y otros querosenos**: 0,0676 euros por metro cúbico vendido o consumido, y por día de existencias mantenido por la CORES. - **Fuelóleos**: 0,0695 euros por tonelada métrica vendida o consumida, y por día de existencias mantenido por la CORES. Estas cuotas tienen como finalidad financiar los costes de la CORES, especialmente los relacionados con la constitución, almacenamiento y conservación de las existencias estratégicas, así como las actividades relacionadas con los gases licuados del petróleo y el gas natural. La primera declaración y pago de las cuotas aprobadas en esta orden se realizará antes del 20 de octubre de 2019, correspondiendo a las ventas o consumos efectuados en el mes de septiembre de 2019. La orden surte efectos desde su publicación en el BOE hasta la aprobación de las cuotas correspondientes a 2020. Los sujetos obligados pueden interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación, o recurso administrativo de reposición en un mes ante el órgano que dictó la orden. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden TEC/975/2019 modifica las cuotas de la CORES para el ejercicio 2019, estableciendo nuevas tasas por producto y periodo de existencias estratégicas. La norma se basa en el Real Decreto 1716/2004 y establece plazos para el pago y recursos de impugnación. La orden entra en vigor desde su publicación y se aplica hasta la aprobación de las cuotas de 2020. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de cuotas**: Se establecen nuevas tasas por producto y periodo de existencias estratégicas. ⚠️ **Plazos de pago**: La primera declaración y pago se debe realizar antes del 20 de octubre de 2019. 📋 **Efectos de la norma**: La orden entra en vigor desde su publicación y se aplica hasta la aprobación de las cuotas de 2020. ℹ️ **Recursos de impugnación**: Se permiten recursos contencioso-administrativo y de reposición dentro de plazos establecidos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden TEC/975/2019 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de septiembre de 2019 - **Materias**: Energía, Industria, Reservas estratégicas, Cuotas, Obligaciones de existencias mínimas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TEC/975/2019, las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) para el ejercicio 2019 estaban establecidas por la Orden TEC/1428/2018, publicada en diciembre de 2018. Esta norma se basaba en el marco estatal regulado por el Real Decreto 1716/2004, que establece la obligación de mantener existencias mínimas de seguridad y la creación de la CORES. La Orden TEC/975/2019 introduce modificaciones a estas cuotas, ajustando las tasas por producto y periodo de existencias estratégicas, lo cual importa porque refleja ajustes en la política energética estatal y puede afectar a las empresas sujetas a dichas obligaciones.

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