Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TEC/1262/2019, de 26 de diciembre, por la que se aprueban las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos correspondientes al ejercicio 2020.

BOE-A-2019-18674Publicada: 30/12/2019MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TEC/1262/2019, de 26 de diciembre, por la que se aprueban las cuotas de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden TEC/1262/2019 establece las cuotas que deben abonar los sujetos obligados a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) para el año 2020, según el marco legal vigente. 2. **CONTEXTO** La Orden se fundamenta en la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos, que crea la CORES con el objetivo de gestionar reservas estratégicas de hidrocarburos. El Real Decreto 1716/2004, modificado por el Real Decreto 984/2015, establece las obligaciones de los sujetos obligados y la necesidad de aportar cuotas anuales. La Orden TEC/1262/2019 aprueba las cuotas para el ejercicio 2020, siguiendo el procedimiento previsto en el Real Decreto 1716/2004. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden TEC/1262/2019, de 26 de diciembre de 2019, aprueba las cuotas que deben abonar los sujetos obligados a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) para el año 2020, según el marco legal establecido por la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y el Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, modificado por el Real Decreto 984/2015, de 30 de octubre. El artículo 25 del Real Decreto 1716/2004 establece que los sujetos obligados deben contribuir al sostenimiento de la CORES mediante cuotas unitarias por grupo de productos petrolíferos, como gasolinas, gasóleos, querosenos y fuelóleos. Asimismo, se establecen cuotas para los sujetos que deben mantener existencias mínimas de seguridad de gases licuados del petróleo y de gas natural, así como para aquellos que deben diversificar el suministro de gas natural. El artículo 26 del Real Decreto 1716/2004 señala que el Ministro de Industria, Energía y Turismo (actualmente la Ministra para la Transición Ecológica) aprobará las cuotas anuales, previa propuesta de la CORES que incluya el presupuesto de ingresos y gastos, así como un plan estratégico. La Orden TEC/1262/2019 establece que los sujetos obligados abonarán las cuotas en la forma, plazos y con arreglo a los formularios aprobados por la Orden ITC/18/2005 y la Orden ITC/1377/2009. La primera declaración y pago de las cuotas correspondientes al ejercicio 2020 corresponderá a las ventas o consumos efectuados en el mes de diciembre de 2019. Para los sujetos obligados mencionados en el apartado segundo, la primera declaración resumen anual y pago de las cuotas corresponderá a las ventas o consumos realizados durante el año 2020. La Orden entrará en vigor el 1 de enero de 2020 y será publicada en el Boletín Oficial del Estado. Su vigencia se extenderá hasta la aprobación de las cuotas correspondientes al año 2021, sin perjuicio de los ajustes necesarios en las declaraciones y pagos previos. Contra la Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo dentro de un plazo de dos meses desde su publicación, o recurso administrativo de reposición dentro de un mes ante el órgano que dictó la orden. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden TEC/1262/2019 establece las cuotas que deben abonar los sujetos obligados a la CORES para el año 2020. Estas cuotas se basan en el marco legal vigente y se aplican a distintos grupos de productos petrolíferos. La orden entró en vigor el 1 de enero de 2020 y se publicó en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación de cuotas**: La Orden aprueba las cuotas para el año 2020, según el marco legal vigente. ⚠️ **Vigencia**: La orden entró en vigor el 1 de enero de 2020 y se aplicará hasta la aprobación de las cuotas para 2021. 📋 **Procedimiento de pago**: Los sujetos obligados deben abonar las cuotas según los formularios aprobados en 2005 y 2009. ℹ️ **Recurso**: Se permite interponer recurso contencioso-administrativo o de reposición ante la publicación de la orden. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden TEC/1262/2019 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 26 de diciembre de 2019 - **Materias**: Hidrocarburos, Reservas estratégicas, Cuotas, Obligaciones, Energía - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TEC/1262/2019, el marco legal para la gestión de las reservas estratégicas de hidrocarburos en España se basaba en la Ley 34/1998 y el Real Decreto 1716/2004, que establecían las obligaciones de los sujetos obligados y la necesidad de aportar cuotas anuales a la CORES. Este sistema era estatal, sin una regulación específica a nivel de comunidades autónomas ni de la Unión Europea. La importancia de esta norma radica en que formaliza y actualiza las cuotas para el año 2020, manteniendo el marco legal vigente y asegurando el financiamiento de la Corporación de Reservas Estratégicas.

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