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ResoluciónNacionalvigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 1327-2019, contra los arts. 21.7, 27.5 y disposiciones adicionales decimotercera, decimocuarta y decimoctava de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019.

BOE-A-2019-4904Publicada: 03/04/2019TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un recurso de inconstitucionalidad, es decir, una demanda presentada ante el Tribunal Constitucional para que declare inconstitucionales (contrarias a la Constitución) varios artículos y disposiciones de la Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2019. **¿A quién afecta?** Afecta a los artículos 21.7 y 27.5, y a las disposiciones adicionales decimotercera, decimocuarta y decimoctava de la Ley 9/2018 de Presupuestos de Madrid. La demanda fue presentada por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea. **¿Qué cambia o establece?** El Tribunal Constitucional acuerda admitir el recurso a trámite. Esto significa que abre el procedimiento formal para examinar si esos artículos son constitucionales. No es una sentencia final: es el primer paso que permite que el proceso continúe ante el Tribunal.

💬 Contexto ciudadano

Los recursos de inconstitucionalidad contra leyes presupuestarias son mecanismos de control parlamentario presentes en España desde 1978 y en otros ordenamientos europeos descentralizados. Este recurso de Podemos contra los presupuestos madrileños de 2019 refleja un desacuerdo político sobre la distribución de fondos públicos; la admisión a trámite por el Tribunal Constitucional, aunque no prejuzga el resultado, indica que considera viables los argumentos presentados. Para el ciudadano, importa porque los artículos impugnados regulan cómo se distribuyen recursos en educación, sanidad y servicios sociales: una eventual inconstitucionalidad podría alterar significativamente la asignación presupuestaria de la Comunidad de Madrid.

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