Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 27 de julio de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo 268/2018 contra el Real Decreto 210/2018, de 6 de abril, por el que se aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña "Precat20".

BOE-A-2020-12502Publicada: 19/10/2020TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 27 de julio de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo 268/2018 contra el Real Decreto 210/2018, anulando ciertos artículos del Programa PRECAT20. 2. **CONTEXTO** El recurso fue interpuesto por la Agrupación de Fabricantes de Cementos de Cataluña (Ciment Catalá) contra el Real Decreto 210/2018, que aprobó el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña «PRECAT20». La sentencia fue dictada el 27 de julio de 2020 por la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo resuelve parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Ciment Catalá contra el Real Decreto 210/2018. La Sala rechaza la falta de competencia del órgano que dictó el Real Decreto, pero estima parcialmente el recurso, anulando determinados artículos del Real Decreto y del PRECAT20. En concreto, se declara nulo el artículo 3, párrafo 5.º, parágrafos c) y d), así como los apartados 4b.9; 5b.2, 6b-24-25 y 26 del PRECAT20. Estos apartados se consideran incompatibles con el derecho vigente o con la normativa europea aplicable, especialmente en materia de gestión de residuos y recursos. La Sala no establece condena sobre las costas del proceso, y se notifica la resolución a las partes, indicando que no cabe recurso contra la misma. La Sala fundamenta su decisión en la violación de los principios de legalidad, proporcionalidad y no discriminación, así como en la falta de adecuación de ciertos apartados del PRECAT20 con el marco normativo europeo y nacional. En particular, se señala que los apartados mencionados no respetan el derecho de los ciudadanos a la información y a la participación en la toma de decisiones, ni garantizan el acceso a los recursos naturales. Además, se considera que algunos de los apartados no cumplen con el principio de no discriminación, al establecer tratos diferentes para distintos tipos de residuos sin una base legal sólida. La sentencia también destaca la importancia de la participación ciudadana en la elaboración de programas de gestión de residuos, lo cual se considera un requisito fundamental para la legitimidad de dichos programas. Por otro lado, la Sala reconoce la necesidad de un marco normativo claro y coherente que permita la implementación efectiva de los objetivos ambientales establecidos en la Directiva 2008/98/CE sobre residuos. En cuanto a la competencia del órgano que dictó el Real Decreto, la Sala concluye que no existe falta de competencia, ya que el Programa PRECAT20 se enmarca dentro de las competencias de la Comunidad Autónoma de Cataluña en materia de residuos y recursos naturales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La sentencia del Tribunal Supremo anula parte del Real Decreto 210/2018 por incompatibilidad con el derecho vigente y la normativa europea. La Sala rechaza la falta de competencia del órgano que lo dictó. Se anulan varios apartados del PRECAT20 por no cumplir con principios fundamentales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Anulación parcial del Real Decreto 210/2018**: Se declara nulo el artículo 3, párrafo 5.º, parágrafos c) y d), así como los apartados 4b.9; 5b.2, 6b-24-25 y 26 del PRECAT20. ⚠️ **Incompatibilidad con el derecho vigente**: Algunos apartados del PRECAT20 no cumplen con el derecho nacional y europeo, especialmente en materia de gestión de residuos. 📋 **Falta de competencia**: La Sala rechaza la falta de competencia del órgano que dictó el Real Decreto. ℹ️ **Participación ciudadana**: La Sala destaca la importancia de la participación ciudadana en la elaboración de programas de gestión de residuos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 27 de julio de 2020 - **Materias**: Derecho ambiental, gestión de residuos, derecho administrativo, participación ciudadana - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 210/2018, la normativa sobre gestión de residuos en Cataluña se regía por el Plan de Gestión de Residuos de Cataluña (PGRC), vigente hasta 2018. La sentencia del Tribunal Supremo de 2020 compara la normativa estatal y europea con el nuevo marco regulador regional, destacando la necesidad de alinear las medidas con los principios de sostenibilidad y eficiencia establecidos en la UE. Esto importa porque refleja la evolución de la regulación ambiental en Cataluña, integrando criterios más estrictos y coherentes con el derecho comunitario, lo que impacta en la gestión de residuos y la responsabilidad de los operadores.

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