Orden APA/21/2021, de 19 de enero, por la que se modifican varias Órdenes en materia pesquera y el Anexo I del Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden APA/21/2021, de 19 de enero, por la que se modifican varias Órdenes en mat ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 192/2021 modifica varias órdenes en materia pesquera y el Anexo I del Real Decreto 347/2011, con el objetivo de adaptar las normas a la Política Pesquera Común y mejorar la gestión sostenible de las especies marinas. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se enmarca en el marco de la Política Pesquera Común (RPC) regulada por el Reglamento (UE) n.º 1380/2013, que busca garantizar la sostenibilidad ambiental y económica de la pesca. Además, se ajusta a la Ley 3/2001 de Pesca Marítima del Estado y a otras normativas vigentes. La modificación del Anexo I del Real Decreto 347/2011 busca actualizar las especies reguladas en la pesca de recreo en aguas exteriores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto APA/21/2021, de 19 de enero, modifica diversas órdenes en materia pesquera y el Anexo I del Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, que regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. La modificación se realiza con el objetivo de adaptar las normas a la Política Pesquera Común (RPC), regulada por el Reglamento (UE) n.º 1380/2013, que establece instrumentos de gestión como la asignación de posibilidades de pesca a los Estados miembros y la fijación de Totales Admisibles de Capturas (TAC) para garantizar la sostenibilidad de las especies marinas. El Reglamento (UE) n.º 1380/2013 establece que las medidas de conservación y explotación sostenible deben ser adoptadas para lograr los objetivos de la RPC, entre los que se incluyen la protección ambiental, la generación de beneficios económicos y sociales, y la disponibilidad de productos alimenticios. En concreto, el artículo 7.1.b) permite el establecimiento de objetivos de conservación y explotación sostenible de las poblaciones marinas, mientras que el artículo 7.1.j) autoriza la adopción de medidas técnicas, como las vedas zonales o temporales, para minimizar el impacto de la pesca en el medio marino. Además, el artículo 9.3 de la Orden APA/315/2020 establece que, en las pesquerías con reparto individual de posibilidades de pesca, la superación de las cuotas asignadas conllevará la deducción del exceso en el ejercicio siguiente, según los coeficientes multiplicadores del Reglamento (CE) n.º 1224/2009. Esta norma se mantiene en el nuevo Real Decreto, lo que refleja la continuidad de los mecanismos de gestión sostenible. En cuanto al Anexo I del Real Decreto 347/2011, se modifica la fila referida a la especie *Dicentrarchus labrax* (lubina, robalo), excluyéndola de la zona regulada en el anexo IV.2 b) de la Orden AAA/2534/2015, que establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Cantábrico y Noroeste. Esta modificación busca adaptar el régimen de pesca de recreo a las nuevas normativas de conservación y sostenibilidad. El Real Decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que garantiza una transición ordenada hacia las nuevas normas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto APA/21/2021 adapta las normas pesqueras a la Política Pesquera Común, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad de las especies marinas. Modifica el Anexo I del Real Decreto 347/2011 para actualizar las regulaciones sobre la pesca de recreo en aguas exteriores. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones a la Política Pesquera Común**: Se ajusta a los principios de sostenibilidad y gestión sostenible de las especies marinas. ⚠️ **Exclusión de zonas de pesca**: La especie *Dicentrarchus labrax* se excluye de ciertas zonas reguladas en el anexo IV.2 b) de la Orden AAA/2534/2015. 📋 **Mecanismos de gestión**: Se mantiene el sistema de deducción de excedentes de cuotas en el ejercicio siguiente. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden APA/21/2021 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 19 de enero de 2021 - **Materias**: Pesca marítima, conservación marina, sostenibilidad, gestión pesquera - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden APA/21/2021, las normas sobre pesca marítima de recreo en aguas exteriores en España se regulaban principalmente por el Real Decreto 347/2011, que establecía el Anexo I con especies sujetas a regulación. Esta norma, junto con otras órdenes pesqueras, se ajustaba a la Ley 3/2001 y a la Política Pesquera Común (RPC) de la UE, pero no reflejaba plenamente los avances y adaptaciones necesarias en materia de sostenibilidad y gestión. La Orden APA/21/2021 introduce modificaciones para alinear estas normas con la RPC, mejorando la regulación de especies y garantizando una gestión más eficiente y sostenible, lo cual es crucial para la conservación de recursos marinos y la coherencia con la legislación europea.