Orden TMA/421/2021, de 26 de abril, por la que se modifican el anexo II y el anexo III del Real Decreto 1381/2002, de 20 de diciembre, sobre instalaciones portuarias de recepción de desechos generados por los buques y residuos de carga.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TMA/421/2021, de 26 de abril, por la que se modifican el anexo II y el ane ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 421/2021 modifica los anexos II y III del Real Decreto 1381/2002, que regulan la notificación previa de desechos y el modelo de recibo MARPOL en puertos españoles. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1381/2002 establece normas para la recepción de desechos generados por buques en puertos españoles, con el objetivo de prevenir la contaminación marina. El texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (TRLPEMM) atribuye al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana la competencia en materia de prevención de la contaminación marina. La Orden TMA/421/2021 se dicta para adaptar los anexos de dicho real decreto a nuevas exigencias, con el fin de mejorar el control de la contaminación marina. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 421/2021, de 26 de abril de 2021, modifica los anexos II y III del Real Decreto 1381/2002, de 20 de diciembre, sobre instalaciones portuarias de recepción de desechos generados por los buques y residuos de carga. La modificación se realiza en virtud de la disposición final segunda del Real Decreto 1381/2002, que habilita al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para actualizar los anexos cuando sea necesario para ejercer mejor control sobre la prevención de la contaminación marina. El artículo 6 del TRLPEMM, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, otorga al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana la competencia en materia de prevención de la contaminación marina, incluyendo la gestión de los desechos generados por los buques. El Real Decreto 1381/2002, a su vez, establece que los capitanes de los buques deben cumplimentar un formulario (anexo II) y notificar la cantidad y tipo de desechos transportados a la Capitanía Marítima y a la entidad gestora del puerto. La Orden TMA/421/2021 modifica el anexo II, que contiene el formulario de notificación previa, y el anexo III, que incluye el modelo de recibo MARPOL. Estas modificaciones se realizan con base en el dictamen del Consejo de Estado, y se consideran coherentes con el principio de eficiencia, ya que no incrementan la carga administrativa. La orden se dicta al amparo de los artículos 149.1.20.ª y 23.ª de la Constitución Española, que otorgan al Estado la competencia en materia de marina mercante y prevención de la contaminación marina. Además, se cumplieron los trámites establecidos en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, sobre la potestad reglamentaria. La entrada en vigor de la orden se establece en los diez días posteriores a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma se enmarca en la transposición de la Directiva 2000/59/CE, que busca aplicar las disposiciones del Convenio MARPOL, con el fin de prevenir la contaminación por los buques. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden TMA/421/2021 modifica los anexos II y III del Real Decreto 1381/2002 para mejorar el control de la contaminación marina. Se realiza en cumplimiento de las competencias del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y con base en la normativa europea. La norma entra en vigor diez días después de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de anexos**: Se actualizan los formularios de notificación previa y el modelo de recibo MARPOL. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: Se respeta la legislación europea y nacional, incluyendo el Convenio MARPOL. 📋 **Procedimiento legal**: Se han seguido los trámites establecidos en la Ley 50/1997 y el dictamen del Consejo de Estado. ℹ️ **Eficiencia administrativa**: No se incrementa la carga burocrática, manteniendo la eficiencia del sistema. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden TMA/421/2021 - **Tipo**: Orden ministerial - **Fecha**: 26 de abril de 2021 - **Materias**: Contaminación marina, buques, puertos, MARPOL, normativa europea - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: contaminación marina, buques, puertos, MARPOL, normativa europea, prevención, desechos, recibo, formulario, control, eficiencia, Ministerio de Transportes, Ley de Puertos del Estado, TRLPEMM, Real Decreto 1381/2002 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden TMA/421/2021, el Real Decreto 1381/2002 establecía normas sobre la recepción de desechos en puertos españoles, con un marco estatal que se alineaba con la legislación europea MARPOL. La normativa comunitaria, en particular el Reglamento (CE) n.º 155/2009, exigía un control estricto de la contaminación marina, lo cual motivó la necesidad de adaptar la normativa estatal. La modificación introducida por la Orden TMA/421/2021 refleja la evolución de los estándares europeos y la necesidad de armonizar la legislación nacional con los marcos más recientes, garantizando una mayor eficacia en la prevención de la contaminación marina.