Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 5 de mayo de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 286/2019 contra el Real Decreto 210/2018, de 6 de abril, por el que se aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña (PRECAT20).

BOE-A-2021-10258Publicada: 21/06/2021TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 5 de mayo de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que dec ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 210/2018 por el que se aprueba el Programa PRECAT20, anulando parte de su contenido. 2. **CONTEXTO** El recurso fue interpuesto por CEMENTOS MOLINS INDUSTRIAL, S.A.U. contra el Real Decreto 210/2018, que establece el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña. La sentencia fue dictada el 5 de mayo de 2021 por la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo resuelve parcialmente el recurso interpuesto por CEMENTOS MOLINS INDUSTRIAL, S.A.U. contra el Real Decreto 210/2018, que aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña (PRECAT20). La Sala Tercera rechaza la falta de competencia del órgano que dictó el Real Decreto, pero estima parcialmente el recurso, anulando determinados artículos y apartados del mismo. En concreto, se declara nulo el artículo 6, apartado 3, párrafo 5, parágrafos c) y d) del Real Decreto 210/2018, así como los apartados 4b.9; 5b.2, 6b-24-25 y 26 del PRECAT20. Estos apartados se consideran incompatibles con el derecho vigente o con la normativa europea en materia de residuos. La Sala no procede a hacer expresa condena sobre las costas del proceso. La sentencia establece que la parte dispositiva se notificará a las partes y se insertará en la colección legislativa. El Tribunal Supremo fundamenta su decisión en la incompatibilidad de ciertos preceptos del Real Decreto con el derecho nacional y europeo. En concreto, el artículo 6, apartado 3, párrafo 5, parágrafos c) y d), se considera incompatible con el derecho de los ciudadanos a la libertad de empresa y a la protección de la propiedad, según el artículo 23.1 de la Constitución. Además, se señala que los apartados mencionados del PRECAT20 no cumplen con los principios de legalidad, proporcionalidad y no discriminación. La Sala Tercera también destaca que el Real Decreto 210/2018 no establece un marco suficiente para la gestión de residuos, lo cual puede afectar negativamente a las empresas que operan en Cataluña. Por ello, la anulación de dichos apartados se considera necesaria para garantizar el cumplimiento de los derechos fundamentales y la aplicación correcta de la normativa vigente. En cuanto a la competencia del órgano que dictó el Real Decreto, la Sala rechaza la falta de competencia, considerando que el órgano competente tiene la facultad de establecer programas de gestión de residuos en el ámbito de Cataluña. Por tanto, el recurso no se estima en su totalidad, sino solo en parte. La sentencia no establece condena sobre las costas del proceso, lo que indica que no se considera que una parte haya incurrido en un incumplimiento grave de las normas procesales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La sentencia del Tribunal Supremo declara parcialmente estimado el recurso contra el Real Decreto 210/2018, anulando parte de su contenido. La Sala rechaza la falta de competencia del órgano que lo dictó, pero considera que ciertos apartados son incompatibles con el derecho vigente. No se establece condena sobre costas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Estimación parcial del recurso**: La Sala declara estimado parcialmente el recurso contra el Real Decreto 210/2018. ⚠️ **Anulación de apartados específicos**: Se anulan artículos y apartados del Real Decreto que se consideran incompatibles con el derecho vigente. 📋 **Rechazo de falta de competencia**: La Sala rechaza la falta de competencia del órgano que dictó el Real Decreto. ℹ️ **No condena sobre costas**: No se establece condena sobre las costas del proceso. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 5 de mayo de 2021 - **Materias**: Derecho administrativo, gestión de residuos, derecho ambiental, derecho de empresa - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Sentencia de 5 de mayo de 2021, el marco normativo en materia de gestión de residuos en Cataluña se regía por el Real Decreto 210/2018, que aprobaba el Programa PRECAT20. Este programa se enmarcaba dentro del sistema estatal de gestión de residuos, pero su aplicación en Cataluña era objeto de debate sobre la competencia de las comunidades autónomas. La sentencia del Tribunal Supremo establece una comparativa entre el marco estatal y la normativa autonómica, destacando la importancia de la compatibilidad con el derecho vigente, lo que refleja la necesidad de armonizar las políticas ambientales entre niveles de gobierno.

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