Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 15 de abril de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo núm. 517/2015 contra el Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 112 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas y se regula el canon por utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica en las demarcaciones intercomunitarias.

BOE-A-2021-9815Publicada: 14/06/2021TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 15 de abril de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Tribunal Supremo declara parcialmente nulo el Real Decreto 198/2015 por vulnerar el ordenamiento jurídico, anulando su disposición transitoria segunda y la disposición adicional primera, segundo párrafo. 2. **CONTEXTO** La sentencia resuelve un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Española de la Industria Eléctrica (UNESA) contra el Real Decreto 198/2015, que desarrolla el artículo 112 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas. El recurso fue presentado en 2015 y finalmente resuelto en 2021. La cuestión central gira en torno a la regulación del canon por utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica en demarcaciones intercomunitarias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en su sentencia de 15 de abril de 2021, declara estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo núm. 517/2015. La parte dispositiva de la sentencia establece que se declara la nulidad de la disposición transitoria segunda y de la disposición adicional primera, segundo párrafo, del Real Decreto 198/2015, por considerarlas contrarias al ordenamiento jurídico. En concreto, la Sala considera que dichas disposiciones violan el principio de legalidad y la seguridad jurídica, al establecer un régimen especial que no se ajusta a los principios generales del derecho. El Tribunal señala que la disposición transitoria segunda del Real Decreto 198/2015, que establece un régimen especial para la aplicación del canon en ciertas demarcaciones intercomunitarias, no se ajusta a la normativa vigente, ya que se crea una excepción que no está prevista en el marco legal general. Por su parte, la disposición adicional primera, segundo párrafo, que establece un régimen especial para ciertos tipos de instalaciones, también es considerada nula por no cumplir con los requisitos de legalidad y no estar fundamentada en una base normativa suficiente. La Sala concluye que, aunque el Real Decreto 198/2015 contiene disposiciones que no son nulas, como la disposición adicional primera, primer párrafo, y la disposición final primera, estas no pueden ser aplicadas si las disposiciones nulas afectan directamente a la aplicación del canon. Por ello, se declara la nulidad de dichas disposiciones, lo que implica que su efecto se anula en la medida en que se consideran contrarias al derecho. La sentencia se fundamenta en el artículo 72.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo general, que establece que las disposiciones que se declaren nulas deben ser anuladas en su totalidad o en parte, según corresponda. Asimismo, se aplica el principio de legalidad, según el cual las normas deben estar basadas en una base legal clara y no pueden establecer excepciones que no estén previstas en el derecho vigente. La Sala Tercera del Tribunal Supremo concluye que, al anular dichas disposiciones, se garantiza la aplicación correcta del canon por utilización de aguas continentales, evitando que se establezcan regímenes especiales que no estén fundamentados en el derecho vigente. Esta decisión refleja la importancia de la seguridad jurídica y la necesidad de que las normas estén basadas en un marco legal claro y coherente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Supremo anula parte del Real Decreto 198/2015 por considerar que sus disposiciones transitoria segunda y adicional primera, segundo párrafo, son contrarias al ordenamiento jurídico. La sentencia reafirma el principio de legalidad y la seguridad jurídica, garantizando la aplicación correcta del canon por utilización de aguas continentales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nulidad parcial del Real Decreto 198/2015**: Se declara nula la disposición transitoria segunda y la disposición adicional primera, segundo párrafo. ⚠️ **Vulneración del principio de legalidad**: Las disposiciones nulas no se ajustan a los principios generales del derecho. 📋 **Aplicación del canon**: La sentencia garantiza la aplicación correcta del canon por utilización de aguas continentales. ℹ️ **Relevancia en la regulación del agua**: La decisión afecta la normativa sobre el uso de aguas continentales para la producción de energía eléctrica. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 15 de abril de 2021 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho de aguas, derecho energético - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la sentencia del Tribunal Supremo de 2021, el régimen jurídico de los canones por utilización de aguas continentales en demarcaciones intercomunitarias era regulado por normas estatales y autonómicas, con diferencias significativas entre las Comunidades Autónomas. Esta sentencia establece que el Real Decreto 198/2015, al establecer un canon uniforme, vulneraba el principio de autonomía de las comunidades, ya que no respetaba las particularidades de cada región. Importa porque establece un marco de referencia para el equilibrio entre la regulación estatal y la autonómica, reforzando el respeto a la diversidad jurídica dentro del marco de la Unión Europea.

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