Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre, por la que se modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre, por la que se modifica el Anexo del Rea ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 980/2021 modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011 para actualizar el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas, incorporando nuevas especies y estableciendo medidas específicas para la gestión del lobo en España. 2. **CONTEXTO** La conservación de la biodiversidad silvestre en España se regula mediante el título III de la Ley 42/2007, que establece el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Estos instrumentos han sido modificados en varias ocasiones, incluyendo el Real Decreto 139/2011 y diversos órdenes ministeriales. El Real Decreto 980/2021 es una de las últimas modificaciones que actualiza el contenido del Anexo del Real Decreto 139/2011. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 980/2021, de 20 de septiembre de 2021, modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero de 2011, con el fin de actualizar el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Esta modificación incluye la incorporación de nuevas especies al Listado, así como la introducción de medidas específicas para la gestión del lobo (Canis lupus) en España. El Real Decreto 139/2011 establecía que el Listado y el Catálogo debían ser actualizados periódicamente para reflejar la situación actual de las especies. El Real Decreto 980/2021 se enmarca en este marco, incorporando nuevas especies y ajustando las condiciones de protección de otras. Además, el Real Decreto introduce una disposición adicional segunda que establece la necesidad de aprobación de una Estrategia de conservación y gestión del lobo en España, que deberá ser aprobada por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente antes del 31 de diciembre de 2021. Esta estrategia deberá publicarse en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y en el Boletín Oficial del Estado, según lo previsto en el artículo 60.1 de la Ley 42/2007. Otra disposición importante del Real Decreto 980/2021 es la que establece las condiciones para la extracción y captura de ejemplares de especies protegidas, en particular en el caso del lobo. Para que se pueda autorizar dicha extracción, se requiere que se disponga de evidencia científica sobre su efectividad, que se justifique que la medida no afecte negativamente al estado de conservación favorable de la especie, y que se justifique la existencia de perjuicios importantes para el ganado en las explotaciones afectadas. Además, las medidas deberán ser selectivas, realizarse en un tiempo lo más próximo posible al perjuicio y lo más cercano a las explotaciones afectadas, y se deberá realizar un seguimiento de la efectividad de las actuaciones de extracción. Los órganos competentes de las comunidades autónomas deberán comunicar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, las autorizaciones administrativas concedidas, en los términos previstos en el apartado 6 del artículo 61 de la Ley 42/2007. Finalmente, el Real Decreto 980/2021 establece que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y fue firmado por la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 980/2021 actualiza el Listado de Especies Silvestres y el Catálogo Español de Especies Amenazadas, incorporando nuevas especies y estableciendo medidas específicas para la gestión del lobo. Establece requisitos para la extracción de ejemplares y exige la aprobación de una estrategia de conservación del lobo antes del 31 de diciembre de 2021. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Incorporación de nuevas especies**: El Real Decreto actualiza el Listado y el Catálogo con nuevas especies. ⚠️ **Medidas específicas para el lobo**: Se establecen condiciones para la extracción de ejemplares y se exige la aprobación de una estrategia de conservación. 📋 **Requisitos de autorización**: Se requiere evidencia científica, justificación de perjuicios y seguimiento de la efectividad. ℹ️ **Publicación y vigencia**: La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden TED/980/2021 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 20 de septiembre de 2021 - **Materias**: Biodiversidad, especies protegidas, conservación, gestión del lobo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes del Real Decreto 980/2021, el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas estaban regulados por el Real Decreto 139/2011, que establecía un marco de protección basado en criterios nacionales. Esta norma se enmarcaba dentro del sistema de conservación de la biodiversidad de la Unión Europea, que establece directivas como la de Hábitats y la de Cetáceos, cuyos objetivos se integraban en el marco estatal. La actualización del 2021 refleja la necesidad de adaptar la legislación a nuevas amenazas y avances científicos, reforzando así la protección de la biodiversidad en el contexto tanto nacional como europeo.