Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TED/1086/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece la composición, organización y funcionamiento de la Asamblea Ciudadana para el Clima.

BOE-A-2021-16347Publicada: 08/10/2021Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TED/1086/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece la composición ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial 1086/2021 establece la composición, organización y funcionamiento de la Asamblea Ciudadana para el Clima, con el objetivo de garantizar la participación ciudadana en la toma de decisiones sobre políticas climáticas. 2. **CONTEXTO** La norma se inspira en el Convenio de Aarhus y en la Directiva 2003/4/CE, que reconocen el derecho de participación pública en asuntos ambientales. La Ley 27/2006 también establece este derecho, obligando a las Administraciones públicas a garantizarlo. La Asamblea Ciudadana para el Clima surge como un mecanismo para impulsar la participación ciudadana en la lucha contra el cambio climático, considerada una necesidad social y política. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial 1086/2021, de 29 de septiembre de 2021, establece la creación de la Asamblea Ciudadana para el Clima, con el objetivo de garantizar la participación ciudadana en la elaboración de políticas climáticas. La norma se fundamenta en el derecho de participación pública reconocido en el Convenio de Aarhus, la Directiva 2003/4/CE y la Ley 27/2006, que establece que los ciudadanos tienen derecho a participar efectivamente en la toma de decisiones ambientales. La Asamblea se compone de representantes ciudadanos elegidos por sorteo, con un plazo de mandato de doce meses. Su funcionamiento se divide en tres fases: aprendizaje y conocimiento, discusión y debate, y preparación y votación de un informe de recomendaciones. Las sesiones se organizarán en días laborales, salvo sábados y domingos. Además, se permite la convocatoria de reuniones adicionales si así lo acuerdan los miembros. La Asamblea se regirá por normas de funcionamiento acordadas por mayoría de votos. La norma establece que el funcionamiento de la Asamblea no supondrá incremento de gasto público, y que no se podrá producir un aumento neto de los gastos de personal al servicio de la Administración General del Estado. Además, se permite la creación de nuevos mandatos de la Asamblea mediante orden ministerial, con renovación de sus órganos de gobernanza para cada mandato. La información relativa a la Asamblea será accesible al público y se publicará en una página web propia, donde se actualizará toda la información pertinente a sus sesiones, avances y resultados. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El texto establece que la Asamblea Ciudadana para el Clima se crea con el fin de facilitar la participación ciudadana en la elaboración de políticas públicas en materia climática, considerada una necesidad social y política para el logro de una transición ecológica efectiva. La norma refleja el compromiso del Estado con el derecho a la participación pública en asuntos ambientales, y su aplicación se fundamenta en el marco jurídico europeo y nacional que reconoce este derecho. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial 1086/2021 crea la Asamblea Ciudadana para el Clima, garantizando la participación ciudadana en la toma de decisiones sobre políticas climáticas. La norma se fundamenta en el derecho de participación pública reconocido en el Convenio de Aarhus y la Ley 27/2006. Su funcionamiento se regula con un plazo de doce meses y sin incremento de gasto público. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Asamblea Ciudadana para el Clima**: Se establece como mecanismo de participación ciudadana en políticas climáticas. ⚠️ **No incremento de gasto público**: El funcionamiento no supondrá aumento de gastos ni de personal. 📋 **Funcionamiento en tres fases**: Aprendizaje, debate y preparación de informes. ℹ️ **Acceso público a la información**: Se publicará en una página web con actualizaciones sobre sesiones y resultados. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 29 de septiembre de 2021 - **Materias**: Medio ambiente, participación ciudadana, cambio climático - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Asamblea Ciudadana, participación pública, cambio climático, derecho ambiental, Convenio de Aarhus, Ley 27/2006 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TED/1086/2021, la participación ciudadana en asuntos climáticos en España se regulaba principalmente por la Ley 27/2006 y la Directiva 2003/4/CE, que establecían el derecho a la participación pública en temas ambientales. A nivel autonómico, las Comunidades Autónomas ya habían implementado mecanismos de participación ciudadana, pero no estaban integrados en un marco nacional unificado. A nivel europeo, el Convenio de Aarhus reforzaba este derecho, pero no proporcionaba un mecanismo específico para el cambio climático. La creación de la Asamblea Ciudadana para el Clima representa un avance en la participación ciudadana en políticas climáticas, al integrar este derecho en un marco institucional nacional, alineándose con estándares europeos y reforzando la transparencia y la democracia en la toma de decisiones ambientales.

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