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Resolución de 13 de junio de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios definitivos del combustible gas natural del primer y segundo semestre de 2021 a aplicar en la liquidación de cada grupo generador en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares para dicho periodo.

BOE-A-2022-10296Publicada: 22/06/2022MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 13 de junio de 2022, de la Dirección General de Política Energétic ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 13 de junio de 2022 fija los precios definitivos del combustible gas natural para el primer y segundo semestre de 2021, aplicables en la liquidación de cada grupo generador en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares. **2. CONTEXTO** Esta resolución se basa en el Real Decreto 738/2015, que regula la producción de energía eléctrica en los territorios no peninsulares. También se refiere a la Orden ITC/1559/2010, que establece la metodología para fijar el precio del gas natural en el sistema eléctrico de las islas Baleares. La norma establece que los precios se calculan considerando el coste medio mensual de aprovisionamiento del gas natural licuado (GNL) y el coste de acceso a las instalaciones gasistas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 13 de junio de 2022, emitida por la Dirección General de Política Energética y Minas, establece los precios definitivos del combustible gas natural para el primer y segundo semestre de 2021, aplicables en la liquidación de cada grupo generador en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares. Esta norma se fundamenta en el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, que regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares. Según este real decreto, el precio del combustible gas natural se calcula de acuerdo con el método establecido en la Orden ITC/1559/2010, de 11 de junio, que regula diferentes aspectos de la normativa de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. La Orden ITC/1559/2010 establece que el precio del combustible gas natural a efectos de la retribución de los grupos de generación del sistema eléctrico Balear será fijado por la Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo a la metodología recogida en su artículo 2. Según esta metodología, el cálculo del coste mensual de combustible gas natural para cada grupo generador de las islas Baleares alimentado por este combustible tendrá en cuenta el coste medio mensual de aprovisionamiento del gas natural licuado (GNL) en el mes de consumo, así como el coste de acceso de terceros a las instalaciones gasistas. Además, la Orden ITC/1559/2010 establece que, a efectos del despacho de costes variables de generación, el valor del precio de combustible a utilizar en el semestre siguiente será el que resulte de la aplicación de la metodología descrita. Esta metodología se aplica a los grupos generadores de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, incluyendo las islas Baleares, y se basa en la información proporcionada por los operadores del mercado eléctrico y en los datos de consumo y producción registrados durante el periodo correspondiente. La Resolución de 13 de junio de 2022 incluye los precios definitivos del combustible gas natural para cada grupo generador, considerando los datos de consumo, caudal diario y poder calorífico del gas natural para cada mes del periodo analizado. Por ejemplo, para el grupo generador CCGT de Son Reus, los precios del gas natural para los meses de julio a diciembre de 2021 se calculan en base a los datos de consumo y caudal diario registrados, aplicando la metodología descrita en la Orden ITC/1559/2010. Esta resolución también establece que el precio del combustible gas natural incluirá, en su caso, los costes derivados de la aplicación del impuesto sobre hidrocarburos definidos en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, si bien no resulta necesario incluir este coste en el precio del combustible gas natural, ya que, tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los componentes fijos del coste de acceso de terceros a las instalaciones gasistas energéticos destinados a la producción de electricidad en centrales eléctricas, este coste ya no se aplica. En consecuencia, la Resolución de 13 de junio de 2022 establece un marco legal claro para la fijación de los precios del combustible gas natural en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, basado en la metodología descrita en la Orden ITC/1559/2010 y en la normativa vigente, garantizando la transparencia y la equidad en la liquidación de los costes de generación eléctrica. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 13 de junio de 2022 fija los precios del gas natural para el periodo 2021, aplicables a los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares. Se basa en la metodología establecida en la Orden ITC/1559/2010 y en el Real Decreto 738/2015. La norma garantiza la transparencia en la liquidación de los costes de generación eléctrica. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen precios definitivos del gas natural para el periodo 2021. ⚠️ **Metodología**: Se aplica la metodología descrita en la Orden ITC/1559/2010. 📋 **Normativa vigente**: Se basa en el Real Decreto 738/2015 y en la Ley 38/1992. ℹ️ **Transparencia**: La norma garantiza la transparencia en la liquidación de costes de generación eléctrica. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 13 de junio de 2022, Dirección General de Política Energética y Minas - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 13 de junio de 2022 - **Materias**: Energía, Electricidad, Precios, Generación eléctrica, Sistemas eléctricos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, los precios del gas natural en los territorios no peninsulares estaban regulados por normativas estatales y comunitarias, como el Real Decreto 738/2015 y la Orden ITC/1559/2010, que establecían marcos metodológicos para su fijación. La diferencia radica en que esta resolución específica fija precios definitivos para el periodo 2021, aplicables en la liquidación de los grupos generadores. Importa porque establece un marco claro y actualizado para la tarificación del gas natural en sistemas eléctricos de territorios no peninsulares, garantizando transparencia y equidad en el acceso a la energía.

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