Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TED/929/2022, de 27 de septiembre, por la que se establecen los cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2023.

BOE-A-2022-15819Publicada: 29/09/2022Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TED/929/2022, de 27 de septiembre, por la que se establecen los cargos del ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial 929/2022 establece los cargos del sistema gasista, la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2023. 2. **CONTEXTO** Este orden ministerial se basa en el Real Decreto-ley 1/2019, que modificó la Ley 34/1998 para introducir el concepto de cargo del sistema gasista. También se apoya en el Real Decreto 1184/2020, que estableció metodologías de cálculo de dichos cargos. El objetivo es regular los costes asociados al sistema gasista y garantizar la sostenibilidad del mercado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial 929/2022, de 27 de septiembre de 2022, regula los cargos del sistema gasista, la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2023. Este documento se fundamenta en el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, que modificó el artículo 92 de la Ley 34/1998, de octubre de 1998, del sector de hidrocarburos, introduciendo el concepto de cargo del sistema gasista. Este cargo está destinado a cubrir los costes regulados que no estén asociados al uso de las instalaciones. Según el mismo artículo 92, el Gobierno, previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), establecerá la metodología y estructura de dichos cargos, mientras que la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica, previo informe de la CNMC, aprobará los valores concretos de los cargos. Además, el Real Decreto 1184/2020, de 29 de diciembre, estableció las metodologías de cálculo de los cargos del sistema gasista, de las retribuciones reguladas de los almacenamientos subterráneos básicos y de los cánones aplicados por su uso. El artículo 63.2 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 1/2019, determinó que corresponde a la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, previo informe de la CNMC, la aprobación de la retribución anual de las empresas titulares de almacenamientos subterráneos básicos de gas natural. El Orden Ministerial 929/2022 establece, entre otros aspectos, la retribución total a reconocer de 1 de octubre de 2022 a 30 de septiembre de 2023 para las empresas titulares de almacenamientos subterráneos básicos. Para Enagas Transporte, SAU., la retribución total a reconocer es de 78.315.094,76 euros, y para Naturgy Almacenamiento Andalucía, SA., es de 8.213.905,93 euros. El total general asciende a 86.529.000,69 euros. Además, se incluyen ajustes por minoración por D.A 7.ª Orden ITC/3802/2008, que afecta a ambas empresas. El documento también establece que la retribución total a reconocer para el periodo mencionado es de 86.527.749,72 euros, tras aplicar una minoración de 1.250,98 euros. Este ajuste refleja la aplicación de normas y criterios previamente establecidos en el marco regulatorio vigente. El orden ministerial establece los valores concretos de los cargos del sistema gasista, la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos, siguiendo las metodologías aprobadas en el Real Decreto 1184/2020. Estos valores se calculan considerando factores como la inversión, la retribución por COM y REVU provisionales, la retribución COPEX provisionales, y la RCS (retribución por servicios de transporte). El documento también establece que la retribución por inversión (incluyendo el "gas colchón") para el periodo mencionado es de 38.836.028,90 euros para Enagas Transporte, SAU., y de 3.823.706,63 euros para Naturgy Almacenamiento Andalucía, SA. Estos valores reflejan el costo de la inversión en infraestructura y el retorno esperado por dicha inversión. En resumen, el Orden Ministerial 929/2022 establece un marco regulatorio detallado para la retribución de las empresas titulares de almacenamientos subterráneos básicos de gas natural, siguiendo las metodologías aprobadas y aplicando los criterios establecidos en el marco legal vigente. Este marco busca garantizar la sostenibilidad del mercado y la equidad en la asignación de costes y beneficios. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial 929/2022 establece los valores concretos de los cargos del sistema gasista y la retribución de los almacenamientos subterráneos básicos para el año 2023. Estos valores se calculan siguiendo metodologías aprobadas y aplicando criterios regulatorios vigentes. El documento refleja un marco detallado para la regulación del sector gasista. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de cargos y retribuciones**: El orden ministerial define los valores concretos de los cargos del sistema gasista y la retribución de los almacenamientos subterráneos básicos. ⚠️ **Aplicación de metodologías previamente aprobadas**: Los valores se calculan siguiendo las metodologías establecidas en el Real Decreto 1184/2020. 📋 **Inclusión de ajustes y minoraciones**: Se aplican ajustes por normas vigentes, como la minoración por D.A 7.ª Orden ITC/3802/2008. ℹ️ **Relevancia regulatoria**: Este documento refleja la regulación del sector gasista en el marco del derecho español y europeo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial 929/2022 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de septiembre de 2022 - **Materias**: Energía, gas natural, regulación del mercado, retribuciones, cargos del sistema gasista - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TED/929/2022, el sistema gasista en España no contaba con un marco normativo específico para regular los cargos asociados al uso del sistema, lo cual contrasta con el modelo estatal y la regulación de la Unión Europea, que establecen mecanismos claros para la asignación de costes y la sostenibilidad del mercado. La existencia de este orden ministerial refleja la necesidad de adaptar la normativa nacional a los estándares europeos, garantizando una gestión eficiente y transparente del sistema gasista, lo cual es fundamental para la estabilidad del mercado y la protección de los consumidores.

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