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Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueban los precios de referencia para calcular el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados correspondientes al año 2022.

BOE-A-2023-2162Publicada: 27/01/2023MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Política Energética ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 9 de enero de 2023 establece los precios de referencia para el cálculo del valor de la extracción de gas, petróleo y condensados en el año 2022. 2. **CONTEXTO** La norma se basa en la Ley 8/2015, que modifica la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos, y en la Orden ETU/78/2017, que regula el Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados. La Dirección General de Política Energética y Minas tiene la competencia para fijar los precios de referencia anuales. Esta resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente de su publicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 9 de enero de 2023, emitida por la Dirección General de Política Energética y Minas, aprueba los precios de referencia para el cálculo del valor de la extracción de hidrocarburos en el año 2022. Estos precios se utilizan para determinar la base imponible del Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados, así como el importe de los pagos a realizar a los propietarios de los terrenos suprayacentes. La base imponible se calcula multiplicando el volumen de hidrocarburos extraídos por el precio de referencia, que se fija en función de los mercados internacionales. Según el artículo 13 de la Orden ETU/78/2017, los precios de referencia se determinan como cotizaciones de mercados específicos: el Brent para el petróleo crudo, el MIBGAS para el gas natural, y las cotizaciones de butano, propano, nafta, queroseno y gasóleo para los condensados. La Dirección General de Política Energética y Minas tiene la obligación de fijar estos precios mediante resolución, que debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado antes del último día hábil del mes siguiente al periodo al que se refiera. En la resolución, se establecen los siguientes precios de referencia para el año 2022: - **Petróleo crudo**: 95,7141 euros por barril. - **Condensados**: - Nafta: 698,0402 euros por tonelada. - Queroseno: 989,3684 euros por tonelada. - Gasóleo 0,1%: 926,8804 euros por tonelada. - Propano: 659,6603 euros por tonelada. - Butano: 682,6558 euros por tonelada. - **Gas natural**: 99,1568 euros por megavatio-hora. La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Además, se establece que puede interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía dentro de un mes desde su publicación, según los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015 y el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015. Esta resolución se fundamenta en el marco legal establecido por la Ley 8/2015 y la Orden ETU/78/2017, con el objetivo de garantizar la transparencia y la equidad en el cálculo de los impuestos y pagos derivados de la explotación de hidrocarburos. Los precios de referencia son una herramienta clave para la determinación de la riqueza derivada del aprovechamiento de los bienes de dominio público, que debe recaer en la sociedad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece los precios de referencia para el cálculo del valor de la extracción de hidrocarburos en 2022. Estos precios se utilizan para determinar la base imponible del impuesto y los pagos a los propietarios de terrenos suprayacentes. La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación y permite interponer recurso de alzada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Precios de referencia fijados para el año 2022**. ⚠️ **Aplicación en el cálculo del impuesto y pagos a propietarios de terrenos suprayacentes**. 📋 **Publicación en el Boletín Oficial del Estado y entrada en vigor al día siguiente**. ℹ️ **Posibilidad de interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía**. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 9 de enero de 2023, Dirección General de Política Energética y Minas - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 9 de enero de 2023 - **Materias**: Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados; pagos a propietarios de terrenos suprayacentes; precios de referencia - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2023, los precios de referencia para el cálculo del valor de la extracción de hidrocarburos estaban regulados por normativas estatales y comunitarias, como la Ley 34/1998 y el Reglamento (CE) 1005/2008. La normativa estatal establecía un marco general, mientras que las CCAA tenían competencia en la aplicación específica. La importancia de esta resolución radica en que establece precios actualizados para el año 2022, afectando directamente la base imponible del impuesto sobre la extracción, lo que influye en la recaudación fiscal y en los derechos de los propietarios de terrenos.

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