Decreto 3/2019, de 1 de abril, de convocatoria de elecciones al Parlamento de Cantabria.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es un decreto del Presidente del Gobierno de Cantabria que convoca elecciones al Parlamento de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Se basa en lo establecido en el Estatuto de Autonomía, que determina que estas elecciones deben celebrarse el cuarto domingo de mayo cada cuatro años. **¿A quién afecta?** Afecta a todos los ciudadanos de Cantabria con derecho a voto que participarán en las elecciones al Parlamento de la Comunidad Autónoma, así como a los candidatos que se presentarán a las elecciones y a los medios de comunicación que difundirán información sobre el proceso electoral. **¿Qué cambia o establece?** Establece que las elecciones se celebrarán el 26 de mayo de 2019. Fija la campaña electoral del 10 de mayo a las 24 de mayo de 2019 (quince días). Señala que la sesión constitutiva del nuevo Parlamento será el 20 de junio de 2019 a las 17:00 horas. Ordena que el decreto se publique en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Boletín Oficial del Estado, que entre en vigor el mismo día de su publicación, y que se difunda por los medios de comunicación en cinco días.
💬 Contexto ciudadano
El Decreto 3/2019 aplicó la previsión estatutaria de Cantabria sobre comicios autonómicos, ajustada al modelo común de todas las CCAA regulado por la LOREG (1985) y los Estatutos de Autonomía territoriales. A diferencia de algunas comunidades con mayor flexibilidad temporal, Cantabria fija la celebración en el cuarto domingo de mayo mediante norma estatutaria, proporcionando certidumbre electoral. Este proceso respeta los estándares de derechos electorales de la UE —sufragio universal, libre y secreto— que todas las elecciones españolas deben garantizar. Para el ciudadano cantabro, significa el ejercicio periódico y predecible de su derecho de participación política, con una campaña regulada de quince días que asegura igualdad de oportunidades entre candidatos y equilibrio informativo.