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Corrección de errores del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

BOE-A-2023-3843Publicada: 14/02/2023MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se est ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 3/2023 corrige errores tipográficos y redactórios en su texto, con el fin de garantizar la precisión y coherencia de los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 3/2023, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 11 de enero de 2023, establece los criterios técnico-sanitarios para la calidad del agua de consumo, su control y suministro. Sin embargo, se han identificado errores en su redacción, que afectan a la correcta interpretación y aplicación de su contenido. Por ello, se emite una corrección de errores para subsanar dichas imprecisiones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 9, de 11 de enero de 2023. Posteriormente, se advirtieron errores en su redacción que afectaban a la precisión de su contenido. Para corregirlos, se emitió una corrección de errores que incluye múltiples rectificaciones en distintas páginas del texto. En la página 4254, parte expositiva, apartado III, se corrige la frase «La Comisión Europea…» por «El Consejo de la Unión Europea…», lo cual es relevante para la correcta referencia a la normativa europea. En la página 4281, artículo 43, apartado 1, letra a), se modifica la frase «…haya sido identificada como alterador endocrino o peligrosa para el medio ambiente, según lo dispuesto…» por «…haya sido identificada como alterador endocrino o tóxica por ingestión, según lo dispuesto…», lo que afecta a la definición de sustancias peligrosas en el contexto de la calidad del agua. En la página 4298, disposición adicional séptima, se corrige la fecha «…2 de enero de 2023.» por «…12 de enero de 2023.», lo cual es crucial para la precisión temporal de la norma. En la página 4302, disposición final segunda, se rectifica la frase «El Real Decreto el Real Decreto 817/2015…» por «El Real Decreto 817/2015…», y se corrige también la referencia a «Real Decreto […]…» por «Real Decreto 3/2023, de 10 de enero,…» en el apartado uno, letra a). En la página 4303, en el epígrafe «Elementos de calidad y frecuencias de muestreo», se corrige la frase «…Real Decreto […]…» por «…Real Decreto 3/2023, de 10 de enero,…» en el primer párrafo y en el quinto párrafo. Además, en la disposición final tercera, apartado uno, apartado 7 del texto de regulación, se corrige la frase «…Real decreto […]…» por «…Real Decreto 3/2023, de 10 de enero,…», y se modifica la frase «…Los resultados analíticos sobre Legionella obtenidos de las muestras de agua del sistema de agua sanitaria tomadas…» por «…Los resultados analíticos sobre Legionella obtenidos de las muestras de agua del sistema de agua sanitaria de los edificios prioritarios tomadas…», lo cual afecta a la aplicación de los controles de calidad en edificios específicos. En la página 4319, tabla 13, se corrige el título «Número mínimo4 de muestras al año» por «Número mínimo de muestras al año», y en la página 4335, tabla 17, tercera columna, última fila, se modifica la frase «…haya sido identificada como alterador endocrino o peligrosa para el medio ambiente, según lo dispuesto…» por «…haya sido identificada como alterador endocrino o tóxica por ingestión, según lo dispuesto…». Estas correcciones son esenciales para garantizar la precisión jurídica, técnica y sanitaria del Real Decreto 3/2023, evitando malentendidos en su aplicación y asegurando que los criterios establecidos se interpreten correctamente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 3/2023 fue corregido para subsanar errores en su redacción, garantizando la precisión de sus disposiciones. Las rectificaciones afectan a referencias a organismos europeos, definiciones de sustancias peligrosas, fechas, y referencias internas al propio texto. Estas correcciones son fundamentales para la correcta aplicación de la norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en el Real Decreto 3/2023, publicado en el BOE el 11 de enero de 2023. ⚠️ Errores afectan a referencias a organismos europeos, definiciones de sustancias peligrosas y fechas. 📋 Rectificaciones en múltiples páginas del texto, incluyendo tablas y disposiciones finales. ℹ️ Las correcciones son esenciales para la correcta aplicación de los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 11 de enero de 2023 - **Materias**: Salud pública, agua potable, control sanitario, normativa europea - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 3/2023, corrección de errores, calidad del agua, control sanitario, normativa europea ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la corrección del Real Decreto 3/2023, existían normas estatales y de las Comunidades Autónomas (CCAA) que regulaban la calidad del agua de consumo, su control y suministro, pero con diferentes criterios técnico-sanitarios. La normativa estatal, en particular, establecía un marco general, mientras que las CCAA adaptaban estas normas a sus particularidades. La importancia de esta corrección radica en garantizar la coherencia y precisión de los criterios, evitando ambigüedades que podrían afectar el cumplimiento de los estándares sanitarios y la protección de la salud pública, alineándose con los principios de la Unión Europea en materia de agua.

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