Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2023.

BOE-A-2023-8122Publicada: 31/03/2023MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, por la que se es ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige una errata en la Orden TED/296/2023, que establece obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) para el año 2023. 2. **CONTEXTO** La Orden TED/296/2023, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 30 de marzo de 2023, establece las obligaciones de aportación al FNEE. Se detectó una errata en el importe económico mínimo a ingresar al FNEE, lo que generó inquietud en la aplicación de la norma. La corrección busca garantizar la precisión de los datos para la correcta aplicación de la normativa. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige una errata en la Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, que establece las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) para el año 2023. La errata afecta la tabla incluida en la última página del texto de la Orden, en la columna «Importe económico mínimo a ingresar al FNEE liquidando CAE por el 40% de su obligación (euros)». En la página 46120, en la última fila de dicha tabla, el importe que se indicaba como «1236.129.520,40» debe corregirse a «236.129.520,40». Esta corrección se realiza para evitar errores en la aplicación de la normativa y garantizar que los sujetos pasivos cumplan con las obligaciones establecidas en la Orden TED/296/2023. La errata no modifica el contenido general de la Orden, sino únicamente el valor numérico de un importe económico. La corrección se efectúa mediante la transcripción de la norma corregida, con el fin de que los interesados puedan consultar y aplicar correctamente la normativa. La errata afecta específicamente la tabla que detalla los importes mínimos a ingresar al FNEE, lo que puede tener implicaciones en la liquidación de obligaciones por parte de los sujetos pasivos. La corrección se realiza en el marco de la publicación de la norma en el BOE, lo que implica que la errata se incorpora al texto oficial de la Orden TED/296/2023. La errata no introduce cambios sustanciales en el marco jurídico general, sino que se limita a corregir un error numérico que podría afectar la aplicación práctica de la norma. La corrección se realiza en cumplimiento de los principios de transparencia y precisión en la normativa, garantizando que los datos publicados sean correctos y aplicables. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige un error numérico en la Orden TED/296/2023, que establece obligaciones de aportación al FNEE. La corrección busca garantizar la precisión de los datos para la correcta aplicación de la normativa. No modifica el contenido general de la Orden, sino únicamente el valor de un importe económico. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige un error numérico en la tabla de la Orden TED/296/2023. ⚠️ **Impacto en la aplicación**: La corrección afecta la liquidación de obligaciones por parte de los sujetos pasivos. 📋 **Precisión normativa**: La errata busca garantizar la exactitud de los datos publicados. ℹ️ **No modifica el marco general**: La corrección no altera el contenido general de la Orden, solo un importe económico. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de marzo de 2023 - **Materias**: Eficiencia energética, obligaciones, Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: errata, FNEE, aportación, obligaciones, corrección, BOE, TED/296/2023 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TED/296/2023, las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) estaban establecidas en normativas estatales y comunitarias, que buscaban promover la eficiencia energética en el marco de la Unión Europea. La norma actual corrige una errata en la cuantía mínima de aportación, lo cual es crucial para garantizar la precisión en la aplicación de la normativa y evitar confusiones en la cumplimentación por parte de los sujetos pasivos. Esta corrección refleja la importancia de mantener la exactitud en las obligaciones fiscales, especialmente en contextos donde las cifras pueden tener un impacto significativo en la economía y el cumplimiento normativo.

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