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Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.

BOE-A-2023-20256Publicada: 29/09/2023MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Ener ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 28 de septiembre de 2023 establece la tarifa de último recurso de gas natural para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024. **2. CONTEXTO** La tarifa de último recurso es un mecanismo regulatorio que establece el precio que las empresas distribuidoras deben aplicar a los usuarios que no tienen acceso a otros suministradores. Esta norma se deriva de la Ley 34/1998 y su modificación por la Ley 12/2007, que adaptó el marco legal a la Directiva Europea 2003/55/CE. La Resolución se dicta en cumplimiento de la Orden ITC/1660/2009, que establece la metodología de cálculo de dicha tarifa. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 28 de septiembre de 2023, publicada por la Dirección General de Política Energética y Minas, establece la tarifa de último recurso de gas natural para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024. Esta tarifa se calcula en base a los términos fijos y variables, que se actualizan en función de los peajes y cánones de acceso al sistema. La tarifa se divide en términos fijos y variables, con valores específicos para cada uno. Por ejemplo, para el Término Fijo RL7, el valor es de 0,0 €/kWh, mientras que el Término Variable RL7 es de 1,4 €/kWh. Estos valores se aplican a diferentes categorías de usuarios, como los hogares, empresas y otros sectores, según el tipo de consumo y el volumen de gas utilizado. La Resolución establece que los términos fijos y variables de la tarifa se actualizarán en el momento en que se produzca alguna modificación en los términos fijos y variables de los peajes y cánones de acceso al sistema. Esto significa que la tarifa puede verse afectada por cambios en los costos de infraestructura o en los precios del gas en el mercado. Además, la Resolución indica que esta norma entrará en vigor el 1 de octubre de 2023 y que podrá ser impugnada mediante recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía dentro de un mes desde su publicación. Esto refleja el derecho de los afectados a recurrir ante la autoridad competente si consideran que la tarifa no es justa o no cumple con los requisitos legales. La tarifa de último recurso se establece en cumplimiento de la Orden ITC/1660/2009, que establece la metodología de cálculo de dicha tarifa. Según el artículo 10 de dicha orden, las revisiones de la tarifa de último recurso de gas natural se realizarán mediante resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas. Esto garantiza que el cálculo de la tarifa sea transparente y sujeta a revisión periódica. La Resolución también menciona que, en cumplimiento de la Ley 34/1998, el régimen transitorio de los gases manufacturados en territorios insulares se mantiene hasta la finalización y puesta en marcha de las instalaciones que permitan el suministro de gas natural. Esto significa que, en ciertas zonas, las empresas distribuidoras pueden seguir suministrando gases manufacturados mientras se construyen las infraestructuras necesarias para el gas natural. En resumen, la Resolución establece una tarifa de último recurso de gas natural que se aplica a diferentes categorías de usuarios, se calcula en base a términos fijos y variables, y se actualiza en función de los costos de acceso al sistema. Además, se establece un mecanismo de revisión periódica y un procedimiento de impugnación para garantizar la transparencia y el cumplimiento de los derechos de los usuarios. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece la tarifa de último recurso de gas natural para el periodo 2023-2024, basada en términos fijos y variables. Se aplica a diferentes categorías de usuarios y se actualiza según los costos del sistema. Los afectados pueden recurrir ante la autoridad competente. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece tarifa de último recurso**: La Resolución define los valores de la tarifa de último recurso de gas natural para el periodo 2023-2024. ⚠️ **Actualización periódica**: Los términos fijos y variables se actualizan en función de los peajes y cánones de acceso al sistema. 📋 **Procedimiento de impugnación**: Los afectados pueden interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en un mes desde la publicación. ℹ️ **Régimen transitorio**: En territorios insulares, se mantiene el suministro de gases manufacturados hasta la puesta en marcha de las instalaciones de gas natural. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 28 de septiembre de 2023, Dirección General de Política Energética y Minas - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 28 de septiembre de 2023 - **Materias**: Energía, Gas Natural, Regulación de tarifas, Derecho administrativo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2023, la tarifa de último recurso de gas natural se regulaba bajo el marco estatal y comunitario, con normativa europea como la Directiva 2003/55/CE y leyes nacionales como la Ley 34/1998. La Comunidad Autónoma de Canarias (CCAA) aplicaba su propia normativa en materia de tarifas energéticas, lo que generaba una disparidad con el resto del Estado y la UE. Este contexto comparativo importa porque refleja la necesidad de armonizar los marcos regulatorios para garantizar la equidad y la competencia en el mercado energético, evitando ventajas o desventajas injustas para los consumidores y empresas.

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