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Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios de combustible en puerto aplicables al fuel oil, diesel oil, gasoil, y hulla en el primer semestre del año 2023 a aplicar en la liquidación de dicho período de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.

BOE-A-2023-20255Publicada: 29/09/2023MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Ener ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 21 de septiembre de 2023 establece los precios de combustible en puerto aplicables al fuel oil, diesel oil, gasoil y hulla para el primer semestre de 2023 en los territorios no peninsulares, con efectos desde su publicación. 2. **CONTEXTO** La norma se basa en el Real Decreto 738/2015, que regula la producción de energía eléctrica en los territorios no peninsulares y establece un régimen retributivo adicional para los grupos generadores. Este régimen incluye una retribución por el combustible utilizado. Para determinar dicha retribución, es necesario fijar el precio y el poder calorífico inferior del combustible. La Resolución de 2023 se fundamenta en la Orden TED/1315/2022, que establece la metodología para la determinación del precio del combustible en estos territorios. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 21 de septiembre de 2023, emitida por la Dirección General de Política Energética y Minas, establece los precios de combustible en puerto aplicables al fuel oil, diesel oil, gasoil y hulla para el primer semestre de 2023 en los territorios no peninsulares. Estos precios son necesarios para la liquidación de la retribución adicional a los grupos generadores que operan en dichos territorios. El Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, establece que, por orden de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se definirán los componentes del precio de los combustibles fósiles utilizados, así como la metodología para su determinación y su poder calorífico inferior. La Orden TED/1315/2022, de 23 de diciembre, regula las subastas de combustible, autoriza nuevos combustibles, establece valores unitarios de referencia y revisa otras cuestiones técnicas en los territorios no peninsulares. La Resolución de 2023 incluye los precios de los combustibles para el primer semestre de 2023, con los siguientes valores en euros por tonelada métrica: - **Fuel oil**: 428,77 - **Diesel oil**: 570,20 - **Gasoil**: 607,57 - **Hulla**: 444,96 - **Fuel oil (junio)**: 596,38 - **Diesel oil (junio)**: 638,45 Además, se reconoce el valor del impuesto especial sobre el carbón en el territorio no peninsular de Baleares, que será de 16,35 €/Tm. Este impuesto será incluido en el precio del combustible en Baleares, según la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. La resolución establece que el precio del combustible en Baleares incluirá los costes derivados de este impuesto, que será reconocido en la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas para la cuantía definitiva de los costes de generación. La resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía dentro de un mes desde su publicación. Si no se interpusiere, la resolución será firme a todos los efectos. El cómputo de los plazos se regirá por lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece los precios de combustible para el primer semestre de 2023 en los territorios no peninsulares, basándose en normativa vigente. Incluye el impuesto especial sobre el carbón en Baleares y establece plazos para la interposición de recursos. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece precios de combustible en puerto** para el primer semestre de 2023 en los territorios no peninsulares. ⚠️ **Incluye el impuesto especial sobre el carbón en Baleares** como parte del precio del combustible. 📋 **Define la metodología para la determinación del precio del combustible** según el Real Decreto 738/2015. ℹ️ **Establece plazos para la interposición de recursos** y la firmeza de la resolución. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 21 de septiembre de 2023 - **Materias**: Energía, combustible, retribución adicional, territorios no peninsulares - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Resolución de 2023, los precios de combustible en los territorios no peninsulares se regulaban mediante normativas estatales y comunitarias, como el Real Decreto 738/2015 y la Orden TED/1315/2022, que establecían un marco general para la fijación de precios y retribuciones. La diferencia radica en que la Resolución de 2023 introduce una actualización específica para el primer semestre de 2023, adaptándose a las fluctuaciones del mercado. Esto importa porque afecta directamente a los grupos generadores en Canarias, Ceuta y Melilla, modificando su retribución y, por tanto, su viabilidad económica.

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