ResoluciónNacionalvigente

Denuncia por España del Tratado de la Carta de la Energía y del Protocolo de la Carta de la Energía sobre la eficacia energética y los aspectos medioambientales relacionados, hechos en Lisboa el 17 de diciembre de 1994.

BOE-A-2024-9618Publicada: 14/05/2024MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Denuncia por España del Tratado de la Carta de la Energía y del Protocolo de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** España ha denunciado el Tratado de la Carta de la Energía y su Protocolo sobre la eficacia energética y aspectos medioambientales, con efectos desde el 17 de abril de 2025. 2. **CONTEXTO** España, mediante una Nota Verbal remitida al Ministerio de Asuntos Exteriores de Portugal el 16 de abril de 2024, ha notificado su intención de denunciar el Tratado de la Carta de la Energía y su Protocolo. Esta denuncia se produce tras el cumplimiento de los plazos establecidos en los instrumentos internacionales. El Tratado y el Protocolo entraron en vigor para España el 16 de abril de 1998 y su denuncia tendrá efectos a partir del 17 de abril de 2025. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La denuncia de España del Tratado de la Carta de la Energía y su Protocolo sobre la eficacia energética y aspectos medioambientales se formalizó mediante una Nota Verbal remitida al Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Portuguesa el 16 de abril de 2024. Según el artículo 20.2 del Protocolo, la denuncia del Tratado implicará automáticamente la denuncia del Protocolo. Este mecanismo se basa en la cláusula de denuncia unidireccional, que permite a un Estado denunciar simultáneamente los instrumentos vinculados. El Tratado y el Protocolo entraron en vigor para España el 16 de abril de 1998, según el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 65 de 17 de marzo de 1998, con corrección de errores en el BOE número 140 de 12 de junio de 1998. La denuncia, tanto del Tratado como del Protocolo, surtirá efectos para España el 17 de abril de 2025, un año después de la recepción de la Nota Verbal por parte del Ministerio portugués, según el artículo 47.2 del Tratado y el artículo 20.3 del Protocolo. La denuncia se formalizó en Madrid el 9 de mayo de 2024, firmada por la Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez. Esta acción se enmarca en el derecho internacional público, específicamente en el derecho de los tratados, y sigue el procedimiento establecido en los instrumentos internacionales. La denuncia de un tratado implica la suspensión de su aplicación en el Estado denunciante, y en este caso, se aplica a ambos instrumentos simultáneamente. El artículo 47.2 del Tratado de la Carta de la Energía establece que la denuncia se notificará al depositario, que en este caso es el Ministerio de Asuntos Exteriores de Portugal. La denuncia surtirá efectos un año después de la recepción por el depositario, lo cual se cumple en este caso el 17 de abril de 2025. Por su parte, el artículo 20.3 del Protocolo establece que la denuncia del Tratado implicará automáticamente la denuncia del Protocolo, lo que se ha cumplido en la presente notificación. Esta denuncia refleja la decisión política de España de abandonar los compromisos internacionales en materia de energía y eficacia energética, lo cual puede tener implicaciones en su política energética y en su relación con otros Estados signatarios. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** España ha denunciado el Tratado de la Carta de la Energía y su Protocolo, con efectos desde el 17 de abril de 2025. Esta acción se formalizó mediante una Nota Verbal remitida al Ministerio de Asuntos Exteriores de Portugal, siguiendo el procedimiento establecido en los instrumentos internacionales. La denuncia se produce tras el cumplimiento de los plazos legales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ España denuncia el Tratado de la Carta de la Energía y su Protocolo. ⚠️ La denuncia surtirá efectos el 17 de abril de 2025. 📋 La denuncia se formalizó mediante una Nota Verbal el 16 de abril de 2024. ℹ️ La denuncia del Tratado implica automáticamente la denuncia del Protocolo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional - **Fuente**: Nota Verbal de 16 de abril de 2024 - **Tipo**: Denuncia de tratado - **Fecha**: 16 de abril de 2024 - **Materias**: Derecho internacional público, derecho de los tratados, energía, medioambiente - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la denuncia española del Tratado de la Carta de la Energía y su Protocolo, España era parte de un marco jurídico internacional que regulaba la eficacia energética y aspectos medioambientales, con alcance tanto estatal como de las Comunidades Autónomas (CCAA) y dentro de la Unión Europea (UE). Este marco establecía obligaciones vinculantes para los Estados miembros, incluida España, en materia de políticas energéticas sostenibles. La importancia de esta denuncia radica en que marca un cambio en la participación de España en este ámbito, afectando su capacidad para influir en normas europeas y su autonomía en la regulación energética.

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