Orden TED/1486/2024, de 23 de diciembre, por la que se aprueban las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de productos petrolíferos correspondientes al ejercicio 2025.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TED/1486/2024, de 23 de diciembre, por la que se aprueban las cuotas de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden TED/1486/2024 establece las cuotas que deben pagar los sujetos obligados para el mantenimiento de las reservas estratégicas de productos petrolíferos en el ejercicio 2025. 2. **CONTEXTO** La norma se enmarca en el marco legal del Sector de Hidrocarburos, regulado por la Ley 34/1998, y en el Real Decreto 1716/2004, que establece la obligación de mantener existencias mínimas de seguridad y la gestión de la Corporación de Reservas Estratégicas (Cores). La presente orden aprueba las cuotas anuales para el año 2025, siguiendo el procedimiento previsto en el citado real decreto. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden TED/1486/2024, de 23 de diciembre de 2024, aprueba las cuotas que deben abonar los sujetos obligados para el mantenimiento de las reservas estratégicas de productos petrolíferos en el ejercicio 2025. Estas cuotas se establecen en función del grupo de productos petrolíferos al que pertenezcan, como gasolinas, gasóleos, querosenos y fuelóleos, según el artículo 25 del Real Decreto 1716/2004. Asimismo, se establecen cuotas para los sujetos obligados a mantener existencias mínimas de seguridad de gases licuados del petróleo y de gas natural, así como para la diversificación del suministro de gas natural. El artículo 26 del Real Decreto 1716/2004 establece que el Ministro de Industria, Energía y Turismo (en este caso, la Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico) debe aprobar las cuotas anuales, previa propuesta de la Corporación de Reservas Estratégicas (Cores), que incluye un presupuesto de ingresos y gastos, así como un plan estratégico y operativo para cinco y dos años. La presente orden establece que las cuotas se aplicarán a las ventas o consumos efectuados en el mes de diciembre de 2024, y a las ventas o consumos realizados durante el año 2025 para los sujetos obligados mencionados en el segundo apartado. La orden entrará en vigor el 1 de enero de 2025 y será publicada en el Boletín Oficial del Estado. La eficacia de la orden se extiende hasta la aprobación de las cuotas correspondientes al año 2026, sin perjuicio de los ajustes necesarios en las declaraciones y pagos de cuotas. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo dentro de un plazo de dos meses desde su publicación, o recurso administrativo de reposición dentro de un mes ante el mismo órgano que dictó la orden. La norma se fundamenta en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que establece los plazos y procedimientos para interponer recursos contra actos administrativos. Además, se refiere a las Ordenes ITC/18/2005 y ITC/1377/2009, que establecen los formularios y plazos para la declaración y pago de las cuotas. La Orden TED/1486/2024 se dicta en cumplimiento de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, que obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos, y se alinea con el marco normativo europeo y nacional sobre gestión de reservas estratégicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden TED/1486/2024 establece las cuotas para el año 2025, en cumplimiento del Real Decreto 1716/2004. Estas cuotas se aplican a ventas y consumos del año 2025 y se pueden impugnar mediante recursos administrativos o contencioso-administrativo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Cuotas 2025**: Se establecen las cuotas para el mantenimiento de las reservas estratégicas de productos petrolíferos. ⚠️ **Plazos y vigencia**: La orden entra en vigor el 1 de enero de 2025 y se aplica a ventas y consumos del año 2025. 📋 **Procedimiento de pago**: Los sujetos obligados deben realizar la declaración y pago de las cuotas según los formularios aprobados. ℹ️ **Recursos legales**: Se permite interponer recursos contencioso-administrativo o de reposición dentro de los plazos establecidos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden TED/1486/2024 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 23 de diciembre de 2024 - **Materias**: Energía, Hidrocarburos, Reservas estratégicas, Cuotas, Administración pública - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden TED/1486/2024, las cuotas para el mantenimiento de las reservas estratégicas de productos petrolíferos se regulaban bajo el Real Decreto 1716/2004, vigente desde 2004, que establecía la obligación de mantener existencias mínimas y la gestión de la Corporación de Reservas Estratégicas (Cores). Esta norma se enmarca en el marco estatal, mientras que las Comunidades Autónomas (CCAA) pueden tener su propia regulación en materia de hidrocarburos, aunque con limitaciones derivadas de la legislación nacional. La importancia de esta comparativa radica en que la norma estatal establece un marco uniforme, mientras que las CCAA pueden adaptarla a sus necesidades específicas, siempre dentro del marco legal de la UE, que también establece principios generales sobre seguridad energética y reservas estratégicas.