ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas de 2022 al Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972, adoptadas en Londres el 7 de octubre de 2022 mediante Resolución LP.6(17). Retirada de los fangos cloacales de los anexos 1 y 2, relativos a la lista y la evaluación de los desechos u otras materias cuyo vertimiento podrá considerarse.

BOE-A-2025-11067Publicada: 04/06/2025MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Qué significa en la práctica** Se simplifica el trámite para verter ciertos lodos de depuradoras en el mar. Hasta ahora, estos residuos estaban sujetos a un control exhaustivo; ahora se retiran de las listas de sustancias reguladas, permitiendo que algunos viertan con menos restricciones si cumplen condiciones básicas de calidad. **A quién afecta** Principalmente a plantas depuradoras de agua, puertos y empresas de tratamiento de residuos que operan cerca de costas. También a administraciones locales responsables de la gestión de aguas residuales urbanas, y indirectamente a ciudadanos cuyo saneamiento depende de estos servicios. **Qué cambia concretamente** Los fangos cloacales dejan de pasar por evaluaciones caso por caso para cada vertimiento. Se elimina burocracia: menos autorizaciones previas, procesos más rápidos. A cambio, se exigen estándares de composición (bajo contenido en metales pesados, patógenos, etc.) que deben verificarse antes de tirar al mar. Es un intercambio: menos papeleo, pero con requisitos de calidad predefinidos y más responsabilidad del vertidor. **Cuándo rige** Adoptado en octubre de 2022. El calendario de entrada en vigor depende de que cada país lo ratifique; en España sigue el proceso legislativo

💬 Contexto ciudadano

Antes de las enmiendas de 2022, los fangos cloacales estaban incluidos en los anexos del Protocolo de 1996, lo que exigía una evaluación individual para cada vertimiento, generando una burocracia compleja. En comparación con las normas estatales y europeas, la regulación previa era más restrictiva y menos uniforme. La importancia de esta modificación radica en su impacto en la gestión de residuos marinos, simplificando procesos y reduciendo barreras para el vertido controlado, mientras se mantiene un marco de calidad predefinido. Esto refleja una evolución hacia un enfoque más eficiente y responsabilizante en la protección del medio marino.

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