Sentencia de 31 de octubre de 2025, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de Energía de Miajadas, SA, contra la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empr
¿Qué dice esta ley?
**Energía de Miajadas consigue que el Supremo anule una penalización por pérdidas de electricidad** El Tribunal Supremo ha dado la razón a Energía de Miajadas en su demanda contra una orden ministerial de 2022 que le imponía una penalización económica. La empresa distribuidora cuestionaba cómo se calculaban las pérdidas de energía en su red (la electricidad que se pierde entre la central y las casas de los clientes) durante 2016. El tribunal ha estimado que el cálculo o la aplicación de esa penalización no se ajustaba a derecho. **Afecta directamente a empresas de distribución eléctrica**, aunque el precedente interesa a todas las que operan en este sector. También importa indirectamente a consumidores, ya que estas penalizaciones pueden influir en las tarifas que pagan. **Lo que cambia es que Energía de Miajadas recuperará la cantidad que le fue descontada** de su retribución (compensación garantizada) por ese concepto en 2016. Además, el fallo sienta un criterio sobre cómo deben calcularse estas penalizaciones, lo que podría afectar a decisiones futuras similares sobre otras empresas distribuidoras. **La sentencia es de 31 de octubre de 2025**, así que ya es ejecutiva. El Ministerio de Transición Ecológica deber
💬 Contexto ciudadano
Antes de la sentencia del Tribunal Supremo de 2025, las normas que regulaban las penalizaciones por pérdidas en la red eléctrica se basaban en criterios estatales y comunitarios, con aplicaciones regionales en las Comunidades Autónomas. La sentencia establece un marco jurídico más claro y justo, rechazando la aplicación incorrecta de una penalización en un caso concreto. Esto importa porque redefine el cálculo de estas sanciones, afectando directamente a las empresas distribuidoras y con implicaciones para el sector energético, incluyendo posibles ajustes en tarifas para los consumidores.