Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 986/2021, de 16 de noviembre, por el que se establecen medidas de aplicación del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), hecho en Washington el 3 de marzo de 1973, y del Reglamento (CE) n.º 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.

BOE-A-2021-20371Publicada: 10/12/2021MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

**Protección de especies en peligro en el comercio** Este Real Decreto establece las normas para aplicar el Convenio CITES, un acuerdo internacional para controlar el comercio de animales y plantas amenazados. Su objetivo es evitar que el tráfico ilegal ponga en peligro la supervivencia de especies en todo el mundo. Lo que cambia es que se actualizan y redefinen las autoridades encargadas de gestionar los permisos y certificados necesarios para el comercio de estas especies. Se clarifican sus funciones para asegurar un control más efectivo y riguroso, garantizando que solo se permita el intercambio de ejemplares que no suponga un riesgo para su conservación. Este Real Decreto entró en vigor el 10 de diciembre de 2021, asegurando que las medidas de protección de especies silvestres en el comercio internacional se ajusten a las normativas europeas y a los compromisos internacionales de España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la aplicación del Convenio CITES en España se regía por normativas que habían quedado desactualizadas, especialmente tras cambios en la estructura ministerial. El Reglamento europeo (CE) n.º 338/97 ya establecía la necesidad de designar autoridades administrativas y científicas para controlar el comercio de especies amenazadas. Este Real Decreto actualiza y clarifica las competencias de las autoridades españolas, como la Dirección General de Política Comercial o la Agencia Tributaria, y la autoridad científica, la Dirección General de Biodiversidad. La importancia radica en la necesidad de una gestión eficaz para cumplir con los compromisos internacionales y proteger la biodiversidad frente al comercio ilegal, algo crucial en un contexto globalizado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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