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Ley 1/2019, de 7 de febrero, de modificación de la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón.

BOE-A-2019-5574Publicada: 13/04/2019COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una ley que modifica la Ley de Protección Animal de Aragón para prohibir específicamente que los circos utilicen animales que viven en estado silvestre. La ley sustituye la regulación anterior que permitía estos animales en circos con reglas de trato, por una prohibición directa. Se basa en que los animales silvestres no se adaptan al modo de vida de los circos y sufren daño en su bienestar y salud. **¿A quién afecta?** Afecta directamente a las empresas de circos establecidas en Aragón que actualmente utilizan fauna silvestre en sus espectáculos. También a los dueños o responsables de esos animales. De forma indirecta, afecta a ciudadanos que asisten a estos espectáculos y quieren ver animales silvestres como atracción circense. **¿Qué cambia o establece?** Establece la prohibición de usar animales de fauna silvestre en circos. Modifica la ley anterior añadiendo esta prohibición en el listado de prácticas no permitidas. Mantiene las protecciones generales para animales en circos (alimentación, transporte, cuidados), pero ahora con esta restricción adicional: los circos en Aragón no pueden actuar con animales silvestres, solo con animales domésticos o domesticados. Las infracciones a esta prohibición llevan sanciones.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 1/2019 de Aragón representa una evolución restrictiva en la regulación circense español, desplazándose desde un modelo permisivo con salvaguardas hacia una prohibición categórica de fauna silvestre. Aunque la Ley 11/2003 original permitía estos animales con condiciones de trato, esta reforma reconoce la incompatibilidad inherente entre el cautiverio circense y el bienestar de especies salvajes, alineándose con tendencias en otras comunidades autónomas como Cataluña o Madrid que han adoptado prohibiciones similares, y reflejando directrices europeas sobre protección animal. Para el ciudadano, esta medida implica la restricción de ciertos espectáculos tradicionales, pero fortalece el reconocimiento legal de que el sufrimiento animal no constituye entretenimiento legítimo, modernizando el marco normativo español hacia estándares de bienestar más rigurosos.

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