Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.

BOE-A-2009-19121Publicada: 30/11/2009Ministerio de Fomento

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre, por la que se aprueban las bases regula ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden FOM/3218/2009 establece las bases para otorgar ayudas a transportistas autónomos por carretera que deseen abandonar su actividad, con el objetivo de facilitar su salida del sector. 2. **CONTEXTO** El transporte público por carretera enfrenta el problema de que muchos titulares de microempresas son de edad avanzada y carecen de recursos para dejar la actividad. Para abordar esto, se modificó la Orden FOM/2218/2008, que ya establecía ayudas para personas mayores. La nueva Orden se adapta a cambios organizativos en el Ministerio de Fomento y introduce pequeñas modificaciones técnicas. La tramitación contó con la participación de organismos nacionales y autonómicos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre de 2009, aprueba las bases reguladoras de la concesión de ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad. Esta norma se fundamenta en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 1037/2009, que modificó la estructura del Ministerio de Fomento. La norma establece los requisitos para acceder a las ayudas, entre los que se incluyen: - **Documentación personal**: certificado de no ser titular de permiso de conducción, certificado de vida laboral como autónomo durante los últimos diez años, y, en caso de ser único socio, certificación del Registro Mercantil. - **Declaraciones responsables**: compromiso de abandonar la actividad, no utilizar títulos de capacitación en otra empresa, y no estar en situación de prohibición administrativa. - **Certificación de baja**: expedida por la Comunidad Autónoma, indicando la renuncia al ejercicio futuro de la actividad. - **Renuncia al permiso de conducción**: en caso de ser titular, se requiere justificante de renuncia o fotocopia del nuevo permiso. La norma también establece que los cambios introducidos solo afectan algunos preceptos de la Orden FOM/2218/2008, pero se optó por sustituirla íntegramente para mayor claridad. Además, se incluye un **Anexo III** que detalla la documentación aportar una vez concedida la subvención, para garantizar el cumplimiento del abandono definitivo de la actividad. La norma se tramitó con la participación del Consejo Nacional de Transportes Terrestres, el Comité Nacional del Transporte por Carretera y los órganos competentes en materia de transportes de las Comunidades Autónomas y de Ceuta y Melilla, lo que refleja un proceso participativo y coordinado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden FOM/3218/2009 establece un marco claro para otorgar ayudas a transportistas autónomos que deseen abandonar su actividad. Establece requisitos documentales y de compromiso para garantizar el cumplimiento del abandono definitivo. La norma se adapta a cambios organizativos y mejora la claridad de las bases reguladoras. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Requisitos documentales**: certificados de vida laboral, no titularidad de permiso de conducción, y declaración responsable de abandono. ⚠️ **Cambio de norma**: se sustituye íntegramente la Orden FOM/2218/2008 para mayor claridad. 📋 **Procedimiento participativo**: se incluyeron opiniones de organismos nacionales y autonómicos. ℹ️ **Objetivo social**: facilitar la salida de personas de edad avanzada del sector del transporte por carretera. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden FOM/3218/2009 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 17 de noviembre de 2009 - **Materias**: Transporte por carretera, ayudas públicas, subvenciones, microempresas, seguridad social - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: ayudas a transportistas, abandono de actividad, permiso de conducción, subvenciones, transporte público, microempresas, seguridad social, Ministerio de Fomento ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden FOM/3218/2009, existían normas estatales y autonómicas que ya contemplaban ayudas a transportistas autónomos que abandonaran su actividad, como la Orden FOM/2218/2008. Esta última se adaptó en 2009 para reflejar cambios en la estructura ministerial y mejorar la tramitación. La norma actual se alinea con el marco europeo de apoyo a la transición laboral, promoviendo la protección de trabajadores en sectores de riesgo, como el transporte por carretera. Importa porque refleja una evolución en la regulación estatal y autonómica, integrada en un marco más amplio de políticas sociales y laborales de la UE.

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