Circular 8/2020, de 2 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento para el periodo regulatorio 2021-2026 y los requisitos mínimos para las auditorías sobre inversiones y costes en instalaciones de transporte de gas natural y plantas de gas natural licuado.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Circular 8/2020, no existía una normativa específica que estableciera valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento para el periodo regulatorio 2021-2026, ni requisitos mínimos para auditorías en instalaciones de transporte de gas natural y plantas de gas natural licuado. Esta norma se alinea con el marco estatal y europeo, que ya establecía principios regulatorios generales, pero la Circular 8/2020 introduce una regulación más específica y detallada, adaptada a la realidad del sector en España. Importa porque garantiza una mayor transparencia, eficiencia y equidad en la gestión de estos servicios, alineándose con los estándares de la Unión Europea y mejorando el marco regulatorio de las Comunidades Autónomas.