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ResoluciónNacionalvigente

Decreto-ley 1/2019, de 25 de febrero, de modificación de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias.

BOE-A-2019-6568Publicada: 03/05/2019COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un Decreto-ley (una norma urgente) aprobado por el Gobierno de Canarias el 25 de febrero de 2019 que modifica la Ley sobre municipios de Canarias de 2015. Se aprobó de forma urgente para cumplir un acuerdo alcanzado entre el Gobierno de Canarias y la Administración General del Estado. **¿A quién afecta?** Afecta a los ayuntamientos (municipios) de Canarias, porque les da la capacidad de decidir cómo recibir los pagos de los impuestos locales que los ciudadanos deben pagar. **¿Qué cambia o establece?** Establece que los ayuntamientos canarios pueden aceptar el pago de impuestos locales en especie, es decir, con bienes o servicios en lugar de dinero, pero solo en los términos y condiciones que establezca la legislación estatal sobre haciendas locales. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación y elimina las restricciones anteriores que existían sobre este tipo de pago.

💬 Contexto ciudadano

Antes de 2019, la Ley 7/2015 canaria restringía los pagos de impuestos locales en especie, manteniéndose alineada con la Ley estatal de Haciendas Locales que prima la recaudación en efectivo. El Decreto-ley 1/2019 flexibiliza esto en Canarias mediante un acuerdo entre administraciones, permitiendo aceptación de bienes y servicios siempre dentro del marco estatal. Mientras que otras comunidades como Cataluña o el País Vasco tienen regímenes tributarios más autónomos, Canarias opera bajo fiscalidad estatal con competencias limitadas, por lo que esta norma representa un margen de maniobra local sin contravenir directivas europeas que no regulan específicamente este aspecto. La medida importa al ciudadano porque amplía opciones de pago en situaciones de insolvencia temporal, reduce costes de gestión municipal (al permitir cesión de bienes o servicios como crédito tributario) y moderniza haciendas locales insulares con menor numerario disponible, aunque mantiene sujeción al régimen general estatal.

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