Orden MinisterialNacionalvigente

Orden INT/25/2026, de 19 de enero, por la que se regula la habilitación de instructor de tiro del personal de seguridad privada.

BOE-A-2026-1681Publicada: 24/01/2026MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** Una nueva regulación que establece los requisitos y procedimientos para que los profesionales de seguridad privada obtengan la acreditación oficial como instructores de tiro. Es decir, quién puede enseñar a otros agentes a usar armas de forma segura y legal. **A quién afecta** Principalmente a empresas de seguridad privada y a sus empleados que aspiren a ser instructores de tiro. También influye indirectamente en cualquier agente de seguridad que necesite reciclaje o formación en el manejo de armas. **Qué cambia** Esta orden fija criterios claros y uniformes para habilitarse como instructor: experiencia previa requerida, exámenes, competencias técnicas y pedagógicas que demostrar, y probablemente un registro oficial donde figurarán los instructores autorizados. Evita que personas sin preparación adecuada enseñen tiro, mejorando la seguridad en el sector. **Cuándo entra en vigor** A partir del 19 de enero de 2026. Las empresas y profesionales interesados tendrán desde esa fecha para solicitar la habilitación conforme a los nuevos criterios establecidos.

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden INT/25/2026, no existía una normativa estatal uniforme que regulara la formación y acreditación de instructores de tiro en el ámbito de la seguridad privada, lo que generaba disparidades entre las Comunidades Autónomas y la Administración central. Esta nueva norma establece un marco común, alineándose con los estándares de la Unión Europea en materia de formación y seguridad. Es importante porque garantiza una formación de calidad y segura, evitando que personas no cualificadas impartan formación en el uso de armas, lo que mejora la seguridad general en el sector y refuerza la confianza en el sistema de seguridad privada.

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