Corrección de errores del Real Decreto 259/2019, de 12 de abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la Administración General del Estado.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una corrección de errores publicada en el Boletín Oficial del Estado para enmendar el Real Decreto 259/2019. Este decreto original regula las Unidades de Igualdad de la Administración General del Estado (los organismos públicos que velan por la igualdad entre hombres y mujeres). La corrección rectifica referencias incorrectas a artículos y funciones específicas que estaban mal citadas en el texto original. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a las Unidades de Igualdad de la Administración General del Estado y a las personas que trabajan en ellas. También afecta indirectamente a empleados públicos y ciudadanos que se relacionan con estas unidades, ya que establece correctamente qué funciones tiene cada unidad. **¿Qué cambia o establece?** Corrige dos errores concretos en el artículo 6 del decreto. En el apartado 2, cambia las funciones que se citan como referencia (de a, f, i a d, g). En el apartado 3, corrige nuevamente las funciones mencionadas tanto en la primera parte (de d, e, g a b, c, e) como en la segunda parte del párrafo (de a, f, i a d, g). Estas correcciones aseguran que el texto del decreto cite correctamente los artículos correspondientes.
💬 Contexto ciudadano
Las Unidades de Igualdad en la Administración General del Estado tienen su marco normativo en la Ley Orgánica 3/2007, que el Real Decreto 259/2019 desarrolló operativamente. Esta corrección de errores, aunque meramente técnica en la citación de artículos, cobra importancia porque precisa qué competencias específicas corresponden a cada unidad en materia de igualdad de género. Mientras la mayoría de comunidades autónomas mantienen estructuras similares con normativa propia, esta errata estatal incide directamente en la claridad de funciones del nivel administrativo más próximo a políticas transversales de igualdad. Para el ciudadano significa mayor seguridad jurídica al relacionarse con organismos públicos, asegurando que las Unidades de Igualdad cumplen correctamente sus obligaciones preventivas de discriminación, requisito también exigido por directivas europeas de igualdad de trato.