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Real Decreto 1139/2024, de 11 de noviembre, por el que se regulan el límite máximo de las ayudas de minimis en el sector agrícola y pesquero y el procedimiento para garantizar que no se sobrepasan los topes nacional y sectorial establecidos en la normativa europea.

BOE-A-2024-23425Publicada: 12/11/2024MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1139/2024, de 11 de noviembre, por el que se regulan el límite máxi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1139/2024 establece el límite máximo de ayudas de minimis en el sector agrícola y pesquero y define el procedimiento para garantizar que no se superen los topes nacionales y sectoriales establecidos en la normativa europea. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se enmarca en el marco de la normativa europea sobre ayudas de minimis, especialmente el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, que establece límites para las ayudas a empresas. España, como Estado miembro, debe adaptar su legislación nacional para cumplir con los requisitos comunitarios. El Real Decreto se publicó el 11 de noviembre de 2024 y entrará en vigor veinte días después. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1139/2024 regula el límite máximo de las ayudas de minimis en el sector agrícola y pesquero, así como el procedimiento para garantizar que no se superen los topes nacionales y sectoriales establecidos en la normativa europea. En concreto, el Real Decreto se basa en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, que establece en su artículo 3.2 que el importe total de las ayudas de minimis concedidas por cada Estado miembro a una única empresa no excederá de 20.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. Además, el artículo 3.3 del mismo reglamento establece que el importe acumulado de las ayudas de minimis concedidas por Estado miembro a empresas activas en la producción primaria de productos agrícolas durante cualquier período de tres ejercicios fiscales no excederá del tope nacional indicado en su anexo I. El Reglamento de ayudas de minimis en el sector de la agricultura también dispone en su artículo 3.3 bis que un Estado miembro podrá decidir que el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no exceda de 25.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, siempre que se cumplan determinadas condiciones. En la letra a) de su artículo 3.3 bis, se establece que para que un Estado miembro pueda aplicar el límite de 25.000 euros, en el caso de las medidas de ayuda que benefician a un único sector de productos exclusivamente, el importe total acumulado concedido durante cualquier período de tres ejercicios fiscales no excederá el tope sectorial, definido en el artículo 2.4 del mismo reglamento como el correspondiente al 50 % del importe máximo de las ayudas de minimis concedidas por cada Estado miembro. El Real Decreto 1139/2024 establece que, en el caso de que el importe total de la ayuda equivalente comprometida, más el importe total de las concesiones de ayudas de minimis otorgadas durante los últimos tres ejercicios fiscales y que hayan sido registradas por los respectivos obligados en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, supere el tope nacional que figura para España en el anexo II del Reglamento (UE) n.º 1408/2013, o en su caso el tope sectorial, o el tope nacional que figura para España en el anexo del Reglamento (UE) n.º 717/2014, o el correspondiente tope que, en su caso, establezca el reglamento que los modifique o sustituya, no podrá ser aprobado el compromiso de gasto. Además, será necesario que la Administración concedente siga el procedimiento correspondiente con el fin de dejar sin efecto las resoluciones que se puedan haber dictado en las que se otorga la ayuda equivalente por encima de los topes nacionales. El Real Decreto también incluye una disposición transitoria única que establece que el presente real decreto será de aplicación a las convocatorias de ayudas públicas que se aprueben con posterioridad a la entrada en vigor del mismo. Además, se incluyen disposiciones finales que establecen el título competencial del real decreto, que se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y el artículo 4 se dicta asimismo al amparo del artículo 149.1.18.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia del procedimiento administrativo común. Finalmente, se establece que el real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1139/2024 establece los límites máximos de las ayudas de minimis en el sector agrícola y pesquero, alineándose con la normativa europea. Regula el procedimiento para garantizar el cumplimiento de los topes nacionales y sectoriales. Entrará en vigor veinte días después de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece límites máximos de ayudas de minimis en el sector agrícola y pesquero. ⚠️ Regula el procedimiento para garantizar el cumplimiento de los topes nacionales y sectoriales. 📋 Define el tope nacional y sectorial en función de la normativa europea. ℹ️ Entrará en vigor veinte días después de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1139/2024 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 11 de noviembre de 2024 - **Materias**: Ayudas de minimis, sector agrícola, normativa europea, procedimiento administrativo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1139/2024, los límites de ayudas de minimis en el sector agrícola y pesquero en España se regulaban de forma dispersa, sin un marco claro que garantizara el cumplimiento de los límites establecidos en la normativa europea, especialmente el Reglamento (UE) n.º 1408/2013. La normativa estatal y autonómica no siempre coincidía con los requisitos de la UE, lo que generaba incertidumbre. Este Real Decreto armoniza la legislación nacional con el marco comunitario, asegurando que las ayudas no superen los topes de 20.000 euros por empresa, lo cual es crucial para evitar sanciones y garantizar la coherencia en la aplicación de la normativa europea.

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