Orden DEF/828/2024, de 29 de julio, por la que se regula el procedimiento de gestión de determinada normativa para sustancias, mezclas o artículos que las contengan, por razones de defensa.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden DEF/828/2024, de 29 de julio, por la que se regula el procedimiento de ges ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial DEF/828/2024 establece el procedimiento para la gestión de exenciones por razones de defensa en materia de sustancias, mezclas o artículos que las contengan, regulado por el Real Decreto 312/2023. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 312/2023 surge de la necesidad de desarrollar la disposición adicional cuarta de la Ley 7/2022, que permite exenciones por motivos de defensa al cumplimiento de obligaciones derivadas del Reglamento REACH. Este Real Decreto deroga el anterior Real Decreto 1237/2011 y establece que el procedimiento de exención será desarrollado por una orden ministerial del Ministerio de Defensa. La Orden DEF/828/2024 regula este procedimiento, incluyendo la gestión de los gastos y la no incrementación del gasto público. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial DEF/828/2024, de 29 de julio de 2024, regula el procedimiento de gestión de exenciones por razones de defensa en materia de sustancias, mezclas o artículos que las contengan, según lo establecido en el Real Decreto 312/2023. Este Real Decreto, de 25 de abril de 2023, deroga el Real Decreto 1237/2011 y establece que el procedimiento de solicitud de exención será desarrollado por una orden ministerial del Ministerio de Defensa. En concreto, el artículo 5.3 de dicho Real Decreto indica que el procedimiento será desarrollado por una orden ministerial del Ministerio de Defensa, y el artículo 5.2 señala que el Director General de Armamento y Material será la autoridad competente. La Orden DEF/828/2024 establece que los gastos derivados de la apertura del expediente de exención correrán a cargo del solicitante. Además, se aplica la Orden DEF/182/2012, que establece los precios públicos de los servicios prestados por la Subdirección General de Inspección y Servicios Técnicos y por el Instituto Tecnológico «La Marañosa». En la disposición adicional segunda, se establece que las acciones necesarias para el cumplimiento de la orden ministerial no supondrán incremento de la plantilla ni del gasto público, y serán atendidas con los medios ya existentes en el Ministerio de Defensa. Asimismo, los grupos de trabajo no generarán incremento de gasto público ni retribuciones a sus miembros. En la disposición derogatoria única, se deroga la Orden DEF/1056/2013, que regulaba el procedimiento para la obtención de certificados de exención por razones de defensa. En la disposición final primera, se faculta a la Secretaría de Estado de Defensa y al Director General de Armamento y Material para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de la orden ministerial. Finalmente, la disposición final segunda establece que la orden ministerial entrará en vigor a los 180 días naturales de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden DEF/828/2024 establece el procedimiento para la gestión de exenciones por razones de defensa en materia de sustancias y mezclas químicas, derivado del Real Decreto 312/2023. Establece que los gastos correrán a cargo del solicitante y no se incrementará el gasto público ni la plantilla del Ministerio de Defensa. La norma entra en vigor 180 días después de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento de exención**: Regulado por la Orden DEF/828/2024, desarrollada por el Ministerio de Defensa. ⚠️ **Gastos a cargo del solicitante**: Los costos de la apertura del expediente recaen sobre el solicitante. 📋 **No incremento de gasto público**: Se garantiza que no se aumentará la plantilla ni el gasto público. ℹ️ **Derogación normativa**: Se deroga la Orden DEF/1056/2013 y se establecen nuevas facultades de aplicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial DEF/828/2024 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 29 de julio de 2024 - **Materias**: Exenciones por razones de defensa, sustancias químicas, Reglamento REACH, gestión de exenciones - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden DEF/828/2024, el procedimiento para gestionar exenciones por razones de defensa en materia de sustancias y mezclas estaba regulado por el Real Decreto 1237/2011, que fue derogado por el Real Decreto 312/2023. Este último, a su vez, surgió como desarrollo de la Ley 7/2022, que permitió exenciones por motivos de defensa en el marco del Reglamento REACH. La Orden DEF/828/2024 establece el procedimiento concreto para su aplicación, integrando la gestión de gastos y la no incrementación del gasto público. Es relevante porque refleja la evolución normativa en materia de defensa y regulación de sustancias, alineándose con los marcos estatal y europeo.