Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PJC/385/2024, de 30 de abril, por la que se crea la Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas y se regula su configuración y funcionamiento.

BOE-A-2024-8708Publicada: 01/05/2024MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden PJC/385/2024, de 30 de abril, por la que se crea la Plataforma Digital de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial 385/2024 crea la Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas (Cooper@) y establece su configuración y funcionamiento, como parte de la modernización digital de la Administración. 2. **CONTEXTO** La Orden surge en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (PRTR), que incluye compromisos de modernización digital. Estos compromisos, confirmados en la Decisión de Ejecución del Consejo de 2021, exigen la entrada en vigor de modificaciones a la Ley 40/2015 y a normativas ministeriales. El Real Decreto-ley 6/2022 modificó la Ley 40/2015 para cumplir con el Hito 145 del CID, que incluye la creación de Cooper@. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial 385/2024, de 30 de abril de 2024, crea la Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas (Cooper@), como instrumento para facilitar la colaboración entre órganos del sistema de Conferencias Sectoriales y otros órganos de cooperación contemplados en el título III de la Ley 40/2015. La plataforma busca mejorar la interconexión y la interoperabilidad entre las plataformas informáticas de la Administración central y regional. La Orden establece que, previo informe del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, se definirán las prescripciones técnicas necesarias para el desarrollo, aplicación y funcionamiento de Cooper@. Estas prescripciones deberán adaptarse a los criterios y directrices de la Conferencia Sectorial de Administración Pública o, en su caso, de la Comisión Sectorial de Administración Electrónica. En cuanto a la interoperabilidad, Cooper@ deberá cumplir con el Esquema Nacional de Interoperabilidad definido en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, y con el artículo 142 de la Ley 40/2015. La Orden también establece una disposición transitoria que indica que, hasta que no se establezcan los desarrollos tecnológicos necesarios para la puesta en marcha de Cooper@, se seguirán utilizando los canales y medios existentes. La Dirección General de Cooperación Autonómica y Local comunicará a las secretarías de los órganos de cooperación el momento en que los desarrollos tecnológicos hayan concluido, instándoles al uso de Cooper@. Finalmente, la Orden se dicta al amparo del artículo 149.1.18.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas. La presente orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial 385/2024 crea la Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas (Cooper@), con el objetivo de mejorar la interconexión y la interoperabilidad digital entre las administraciones. La plataforma se regirá por normas técnicas que se adaptarán a las directrices de la Conferencia Sectorial de Administración Pública. La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de Cooper@**: Se establece la Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas como instrumento para la mejora de la interconexión digital. ⚠️ **Interoperabilidad**: Cooper@ debe cumplir con el Esquema Nacional de Interoperabilidad y el artículo 142 de la Ley 40/2015. 📋 **Transitoriedad**: Mientras no se establezcan los desarrollos tecnológicos necesarios, se seguirán utilizando los canales existentes. ℹ️ **Base legal**: La orden se dicta al amparo del artículo 149.1.18.ª de la Constitución Española. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial 385/2024 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de abril de 2024 - **Materias**: Administración Pública, Digitalización, Interoperabilidad, Colaboración entre Administraciones - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la creación de la Plataforma Digital de Colaboración entre las Administraciones Públicas (Cooper@), existían mecanismos estatales y autonómicos dispersos para la interacción entre niveles de gobierno, con limitaciones en la interoperabilidad y la eficiencia. La normativa europea, como el Hito 145 del CID, exigía una modernización digital que impulsara la colaboración entre administraciones. La Orden PJC/385/2024 responde a este marco, integrando y mejorando los sistemas existentes, facilitando una gestión más coordinada y eficaz, lo cual es clave para cumplir con los compromisos de la UE y mejorar la gobernanza española.

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