Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PJC/325/2024, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos para el acceso al curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, así como las normas generales del curso de capacitación y su plan de estudios.

BOE-A-2024-7480Publicada: 16/04/2024MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden PJC/325/2024, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases generales p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden PJC/325/2024 establece las bases generales para los procesos selectivos de acceso al curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo en la Guardia Civil, así como las normas generales del curso y su plan de estudios. **2. CONTEXTO** La norma se enmarca en el marco legal de la Guardia Civil, regulado por la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, que establece la necesidad de formación específica para el ascenso al empleo de Cabo. Esta Orden sustituye y actualiza la Orden General 3/2019, publicada en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil». El objetivo es garantizar una formación adecuada para el desempeño de las funciones asignadas al Cuerpo. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden PJC/325/2024 aprueba las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos para el acceso al curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, así como las normas generales del curso de capacitación y su plan de estudios. El artículo 28 de la Ley 29/2014 establece que la enseñanza en la Guardia Civil se fundamenta en el respeto de los derechos y libertades reconocidos en la Constitución, y tiene como finalidades la capacitación para el desempeño de los cometidos de los empleos superiores. En este sentido, el apartado 1 del artículo 71 de la misma ley dispone que para el ascenso al empleo de Cabo será requisito la superación de un curso de capacitación, y el apartado 2 establece que el Director General de la Guardia Civil aprobará las bases generales de las convocatorias y los requisitos y circunstancias aplicables al concurso-oposición y al curso de capacitación. El sistema de selección para asistir a dicho curso será el concurso-oposición, ofertándose las plazas con carácter general, a las que podrán optar quienes ostenten el empleo de guardia civil y cuenten con, al menos, dos años de tiempo de servicios en el cuerpo. Además, el artículo 42.3 del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, establece que el plan de estudios de los cursos de capacitación para ascenso al empleo de Cabo será aprobado por el Director General de la Guardia Civil. La Orden PJC/325/2024, por tanto, se fundamenta en dicha normativa y en el resto de la normativa de desarrollo, con el objetivo de establecer un marco claro y estructurado para la selección y la formación de los aspirantes al ascenso al empleo de Cabo. El plan de estudios del curso de capacitación incluye varias materias, entre las que destacan la gestión de recursos, la deontología profesional, las habilidades directivas y la técnica policial. En concreto, el plan de estudios se divide en fases no presenciales, presenciales y un periodo de prácticas. La fase no presencial abarca 90 horas, la fase presencial 190 horas y el periodo de prácticas 60 horas, totalizando 340 horas de formación. La materia de gestión de recursos incluye aspectos como la gestión de recursos humanos y materiales, mientras que la deontología profesional aborda el código de conducta, el régimen disciplinario, los derechos y deberes, la igualdad y la conciliación de la vida profesional, personal y familiar. Las habilidades directivas se centran en la teoría del mando y del liderazgo, la psicología grupal, la negociación, el control y la supervisión, la motivación, la comunicación y la resolución de conflictos, así como la prevención y comunicación de conductas anómalas. Por su parte, la técnica policial se enfoca en la instrucción y adiestramiento, incluyendo el sistema de intervención operativa y las prácticas en unidades de la Guardia Civil. La Orden PJC/325/2024, por tanto, establece un marco estructurado y detallado para la formación de los aspirantes al ascenso al empleo de Cabo, con el objetivo de garantizar una capacitación adecuada y eficaz para el desempeño de las funciones asignadas al Cuerpo. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden PJC/325/2024 establece las bases para el acceso al curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo en la Guardia Civil, con un plan de estudios detallado y estructurado. Se fundamenta en la normativa vigente y busca garantizar una formación adecuada para el desempeño de las funciones asignadas al Cuerpo. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Requisitos para el ascenso**: La superación del curso de capacitación es requisito para el ascenso al empleo de Cabo. ⚠️ **Sistema de selección**: El concurso-oposición es el sistema de selección para acceder al curso. 📋 **Plan de estudios**: El curso se divide en fases no presenciales, presenciales y prácticas, con un total de 340 horas. ℹ️ **Materias clave**: Incluye gestión de recursos, deontología profesional, habilidades directivas y técnica policial. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden PJC/325/2024 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 14 de abril de 2024 - **Materias**: Formación profesional, selección pública, derecho administrativo, derecho de la Seguridad - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden PJC/325/2024, el acceso al ascenso al empleo de Cabo en la Guardia Civil estaba regulado por la Orden General 3/2019, que establecía las bases para los procesos selectivos y el plan de estudios del curso de capacitación. Esta norma se enmarcaba en el marco legal estatal definido por la Ley 29/2014, que establecía la necesidad de formación específica para el ascenso. La nueva Orden sustituye y actualiza dicha norma, reflejando una evolución en la formación y selección de personal, alineada con los estándares de la Unión Europea en materia de formación y transparencia en procesos selectivos. Importa porque garantiza una formación más adecuada y actualizada, mejorando la calidad del personal de la Guardia Civil.

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