Decreto-ley 4/2019, de 8 de abril, de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de coordinación de Policías Locales de Canarias.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Un decreto-ley del Gobierno de Canarias que modifica la Ley de Coordinación de Policías Locales de Canarias para permitir que los ayuntamientos deleguen en la administración autonómica la gestión de los procesos selectivos de contratación de personal para las policías locales municipales. Esta delegación es optativa, es decir, cada ayuntamiento puede decidir si la utiliza o no. **¿A quién afecta?** Afecta a todos los ayuntamientos de Canarias que tienen policía local, a los miembros actuales de estas policías, a los aspirantes que quieren acceder a estos empleos, y a la administración de Canarias que podrá gestionar centralizadamente estos procesos. El impacto principal es sobre los municipios pequeños que tienen dificultades administrativas para organizar procesos selectivos propios. **¿Qué cambia o establece?** Establece que los ayuntamientos podrán encomendar a la Consejería de Canarias la realización completa de los procesos selectivos y de promoción interna en las policías locales, permitiendo que la administración autonómica unifique las convocatorias, agile los trámites y tome las decisiones jurídicas del proceso. Esto responde a la necesidad urgente de cubrir más de trescientas vacantes generadas por jubilaciones anticipadas de policías locales y restricciones presupuestarias previas, sin sobrecargar administrativamente a los municipios pequeños.
💬 Contexto ciudadano
Antes del Decreto-ley 4/2019, los ayuntamientos canarios gestionaban autónomamente sus procesos selectivos de policías locales conforme a la Ley 6/1997, modelo que generaba fragmentación administrativa y limitaciones en municipios pequeños. Esta centralización opcional se alinea con tendencias de otras CCAA como Cataluña o Andalucía, donde administraciones autonómicas coordinan procesos para mejorar eficiencia, aunque Canarias mantiene el carácter voluntario para respetar autonomía local. La norma responde a urgencia específica: cubrir trescientas vacantes acumuladas y agilizar contrataciones sin saturar haciendas municipales. Para el ciudadano importa porque democratiza el acceso al empleo público al estandarizar convocatorias, reduce tiempos de selección garantizando seguridad pública, y especialmente en municipios pequeños, permite procesos más rigurosos al transferir carga administrativa a instancia autonómica mejor equipada, equilibrando eficiencia estatal con subsidiaridad municipal.