Orden MinisterialNacionalvigente

Orden IGD/665/2022, de 11 de julio, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital y se regula su composición y funciones.

BOE-A-2022-11808Publicada: 16/07/2022MINISTERIO DE IGUALDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden IGD/665/2022, de 11 de julio, por la que se crea la Comisión Ministerial d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden IGD/665/2022 crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Igualdad, estableciendo su composición, funciones y normas de funcionamiento. 2. **CONTEXTO** Esta norma se inscribe en el marco del Real Decreto 806/2014, que establece la creación de Comisiones Ministeriales de Administración Digital en los departamentos ministeriales. El Ministerio de Igualdad, creado en 2020, requiere una estructura orgánica que incluya una División de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. La Orden IGD/665/2022 regula la creación de la Comisión Ministerial de Administración Digital, en cumplimiento de la normativa vigente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden IGD/665/2022, de 11 de julio de 2022, establece la creación de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Igualdad, con el objetivo de impulsar y coordinar la digitalización en el ámbito del Ministerio. La Comisión se configura como órgano colegiado, con la participación de representantes del Ministerio, la Subsecretaría, y otros organismos vinculados. En el artículo 1 se establece que la Comisión estará integrada por el titular de la Subsecretaría, el director general de la División de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y otros representantes designados por el titular del Ministerio. El artículo 2 detalla la composición de la Comisión Permanente, que incluye al titular de la Subsecretaría, el director general de la División de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y otros miembros designados por el titular del Ministerio. El artículo 3 establece que la Comisión podrá formar ponencias técnicas y grupos de trabajo, cuya composición será determinada por la Comisión Permanente. El artículo 4 establece que la Comisión podrá recabar información de los órganos directivos, organismos públicos adscritos y unidades dependientes del Ministerio, con el deber de colaboración de estos organismos. El artículo 5 establece que el funcionamiento de la Comisión no supondrá incremento de gasto público, siendo atendido con los medios existentes y disponibilidades presupuestarias. La disposición derogatoria única deroga la Orden SSI/1870/2015 en cuanto afecte al ámbito competencial del Ministerio de Igualdad. La disposición final primera establece que la persona titular de la Subsecretaría podrá dictar instrucciones para la ejecución de la orden. La disposición final segunda establece que la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden IGD/665/2022 crea una Comisión Ministerial de Administración Digital para el Ministerio de Igualdad, con funciones de coordinación y digitalización, sin incremento de gasto público. La norma deroga disposiciones anteriores y establece su entrada en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión Ministerial de Administración Digital** del Ministerio de Igualdad. ⚠️ **Derogación de la Orden SSI/1870/2015** en cuanto afecte al ámbito del Ministerio de Igualdad. 📋 **Funcionamiento sin incremento de gasto público**, utilizando medios existentes. ℹ️ **Composición de la Comisión Permanente** con participación de la Subsecretaría y la División de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 11 de julio de 2022 - **Materias**: Administración Digital, Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Organización Ministerial - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden IGD/665/2022, el marco normativo de la administración digital en España se regulaba principalmente por el Real Decreto 806/2014, que establecía la creación de Comisiones Ministeriales de Administración Digital en los departamentos estatales. A nivel autonómico, las Comisiones de Administración Digital de las Comunidades Autónomas (CCAA) tenían funciones similares, pero con ámbito territorial limitado. A nivel europeo, la Unión Europea promovía directrices sobre digitalización pública, pero sin una regulación específica en el ámbito estatal. La importancia de la Orden IGD/665/2022 radica en su creación de una estructura orgánica específica para el Ministerio de Igualdad, alineándose con la normativa estatal y reforzando la coordinación en la digitalización pública.

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