Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PCM/318/2022, de 11 de abril, sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos.

BOE-A-2022-6101Publicada: 13/04/2022Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden PCM/318/2022, de 11 de abril, sobre delegación de competencias y sobre fij ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden PCM/318/2022 establece un nuevo esquema de delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos en el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. 2. **CONTEXTO** Esta Orden sustituye a la Orden PCM/61/2021, que había adaptado el régimen de delegación de competencias al nuevo estructurado del Ministerio tras el Real Decreto 373/2020. La nueva Orden se aprobó tras la modificación estructural del Ministerio por el Real Decreto 126/2022 y con el objetivo de garantizar la buena regulación. La creación de una nueva Dirección General de Servicios exige un nuevo marco de delegación que equilibre la carga de trabajo y responsabilidades del Ministerio. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden PCM/318/2022, de 11 de abril de 2022, regula la delegación de competencias y la fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos en el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. En su artículo 1, se establece un nuevo esquema de delegación de competencias, que incluye tanto las delegaciones realizadas por la persona titular del Departamento en diferentes órganos del mismo, como las aprobadas por los órganos superiores y directivos del Departamento en otros órganos, así como las realizadas en favor de los organismos públicos adscritos al Departamento (art. 1). La Orden también establece que, en virtud del Real Decreto 126/2022, se hace necesario adaptar el régimen de delegación de competencias al nuevo estructurado del Ministerio, con el objetivo de garantizar la buena regulación (art. 2). La creación de una nueva Dirección General de Servicios exige un nuevo esquema de delegación que equilibre las cargas de trabajo y responsabilidades del Ministerio en aspectos relevantes de gestión, como el económico-financiero o recursos humanos (art. 3). En cuanto a los límites de administración de créditos para gastos, la Orden mantiene la fijación de límites en el ámbito de la administración de los créditos para gastos de los presupuestos por parte de los titulares de las Secretarías de Estado del Ministerio, pero no aplica este límite a las modificaciones presupuestarias ni a buena parte de la gestión presupuestaria del Capítulo 1 (Gastos de personal), por lo que la competencia en estos casos se mantiene en el titular del Departamento (art. 4). Además, la Orden establece que se delega en la persona titular de la Subdirección General de Libertad Religiosa la competencia para la resolución de los expedientes de solicitud de las modificaciones estatutarias y de la anotación y cancelación de la adhesión de entidades religiosas a una federación, en los términos previstos en el Real Decreto 594/2015, de 3 de julio (art. 5). En el Capítulo VII, se incluyen otras disposiciones. El artículo 16 establece la revocación de las órdenes anteriores que afecten al ámbito de actuación del Ministerio, especialmente la Orden PCM/61/2021 (art. 16). El artículo 17 detalla el ejercicio de competencias delegadas, indicando que la delegación no impide que el órgano delegante pueda avocar el conocimiento y resolución de los asuntos que considere oportunos. Asimismo, los titulares de los órganos delegantes podrán someter a la persona titular del Ministerio los expedientes que consideren trascendentes (art. 17). El artículo 18 establece la eficacia de la Orden, que entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 18). La Orden fue firmada por el Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños García, en Madrid, el 11 de abril de 2022. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden PCM/318/2022 establece un nuevo régimen de delegación de competencias en el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, adaptado a su nueva estructura. Establece límites en la administración de créditos para gastos y revoca la Orden PCM/61/2021. La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva delegación de competencias**: Se establece un nuevo esquema de delegación de competencias en el Ministerio tras su reestructuración. ⚠️ **Límites en la administración de créditos**: Se fijan límites en la administración de créditos para gastos, excepto en el Capítulo 1 (Gastos de personal). 📋 **Revocación de la Orden PCM/61/2021**: La Orden PCM/318/2022 revoca la anterior normativa aplicable al Ministerio. ℹ️ **Eficacia desde su publicación**: La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden PCM/318/2022 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 11 de abril de 2022 - **Materias**: Delegación de competencias, gestión presupuestaria, estructura ministerial - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden PCM/318/2022, el régimen de delegación de competencias en el Ministerio de la Presidencia se regulaba mediante la Orden PCM/61/2021, adaptada tras el Real Decreto 373/2020. Esta norma fue modificada por el Real Decreto 126/2022, que reestructuró el Ministerio, exigiendo un nuevo marco de delegación. La Orden PCM/318/2022 introduce un esquema más actualizado que responde a la creación de la Dirección General de Servicios, buscando equilibrar responsabilidades y carga de trabajo. Este cambio importa porque refleja la evolución institucional y la necesidad de una mejor regulación en la gestión de créditos para gastos, alineándose con principios de eficiencia y transparencia en la administración pública.

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