Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PCM/62/2022, de 2 de febrero, por la que se determinan los límites de la relación entre las vacantes previstas y el número de evaluados para cada ciclo de ascensos, en la Guardia Civil, durante el periodo de vigencia de la plantilla reglamentaria 2021/2025.

BOE-A-2022-1832Publicada: 04/02/2022Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden PCM/62/2022, de 2 de febrero, por la que se determinan los límites de la r ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden PCM/62/2022 establece los límites de la relación entre vacantes y evaluados en los ciclos de ascensos de la Guardia Civil durante el periodo de vigencia de la plantilla reglamentaria 2021/2025. 2. **CONTEXTO** Esta norma sustituye a la Orden PCI/348/2019, que regía para el periodo 2017/2021. Se modifica también el Anexo de la Orden PCI/346/2019, que establece el procedimiento de valoración en la Guardia Civil. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden PCM/62/2022 regula los criterios para determinar el número de evaluados en cada ciclo de ascensos de la Guardia Civil, durante el periodo de vigencia de la plantilla reglamentaria 2021/2025. El texto se fundamenta en el artículo 67.1 y 68.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, que establecen que los empleados deben reunir las condiciones necesarias para ser evaluados en los ciclos de ascenso, ya sea por el sistema de elección o de clasificación. Además, el artículo 25.1 del Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo, establece que la Dirección General de la Guardia Civil debe determinar las zonas de escalafón para las evaluaciones, considerando los criterios generales para el número de vacantes y evaluados, con los límites que se fijen en la relación entre ambos. En todo caso, se garantiza que el número de evaluados permita cubrir las vacantes previstas. La Orden PCM/62/2022 establece que, para cada sistema de ascenso, se fija un margen entre el máximo y el mínimo aplicable. Antes del mínimo que se establece para cada empleo, la zona de escalafón seleccionada incluirá a todos los que reúnan o puedan reunir antes del inicio del ciclo de ascensos las condiciones reglamentariamente establecidas. En cuanto a la derogación, la Orden PCM/62/2022 derogada la Orden PCI/348/2019, que regía para el periodo 2017/2021, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden. También se modifica el Anexo de la Orden PCI/346/2019, que establece el procedimiento y normas objetivas de valoración aplicables a los procesos de evaluación en la Guardia Civil. En concreto, se modifica la matriz de ponderación del epígrafe 3 sobre «Ponderación y puntuación final», pasando el intervalo de ponderación del Grupo 1 sobre «Evaluación del desempeño», correspondiente a las evaluaciones para el ascenso por el sistema de clasificación, del rango «25-30» al «22-27». Por último, se autoriza a la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil para dictar las resoluciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta orden ministerial. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden PCM/62/2022 establece nuevos límites para la relación entre vacantes y evaluados en los ciclos de ascensos de la Guardia Civil. Modifica el procedimiento de valoración y derogó normas anteriores. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece límites para la relación entre vacantes y evaluados** en ciclos de ascenso. ⚠️ **Deroga la Orden PCI/348/2019** que regía para el periodo 2017/2021. 📋 **Modifica el Anexo de la Orden PCI/346/2019** en cuanto a la ponderación de la evaluación del desempeño. ℹ️ **Entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE**. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 2 de febrero de 2022 - **Materias**: Ascensos, Guardia Civil, Evaluaciones, Personal militar - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden PCM/62/2022, el régimen de ascensos en la Guardia Civil estaba regulado por la Orden PCI/348/2019, vigente durante el periodo 2017/2021, y su anexo, que establecía el procedimiento de valoración. Esta nueva norma sustituye a dichas disposiciones y se aplica durante el periodo 2021/2025, modificando los criterios para determinar la relación entre vacantes y evaluados. La importancia de esta norma radica en que establece un marco más claro y actualizado para el acceso a ascensos, garantizando una mayor transparencia y equidad en el proceso, alineándose con los principios legales vigentes en el ámbito estatal y europeo sobre derechos laborales y acceso a la promoción.

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