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Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2022.

BOE-A-2021-21208Publicada: 22/12/2021Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución establece los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2022, con el objetivo de cubrir la retribución de dichas redes. 2. **CONTEXTO** La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en ejercicio de su función según la Ley 3/2013, establece los valores de los peajes de acceso a las redes eléctricas. Esta norma se fundamenta en la Circular 3/2020, que define la metodología para el cálculo de dichos peajes. La Resolución se publicó el 16 de diciembre de 2021, con entrada en vigor el 1 de enero de 2022. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, establece los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2022. Esta norma se fundamenta en el artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que atribuye a la Comisión la función de establecer mediante circular la metodología para el cálculo de los peajes de acceso a las redes de electricidad. Además, se basa en la Circular 3/2020, de 15 de diciembre, que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad. La Resolución establece que los valores de los peajes se calculan siguiendo criterios de eficiencia económica, transparencia, objetividad y no discriminación, y de acuerdo con las orientaciones de política energética. La metodología se aplica a los puntos de suministro que cumplen con los requisitos establecidos en la disposición adicional segunda de la Circular 3/2020, que define los requisitos para que un punto de recarga de vehículos eléctricos sea considerado de acceso público. La norma también establece que los titulares de puntos de suministro deben cumplir con los requisitos exigibles para acogerse al peaje previsto en dicha disposición adicional, y comprometerse a mantener dicha situación y a informar cualquier cambio que pueda afectar el derecho a la aplicación del peaje. En cuanto a la aplicación práctica, la Resolución permite a los titulares solicitar ante el distribuidor la aplicación del peaje de transporte y distribución para los puntos de recarga de vehículos eléctricos de acceso público, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia conserva las facultades de comprobación, control e inspección para garantizar el cumplimiento de los requisitos. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 16 de diciembre de 2021, con entrada en vigor el 1 de enero de 2022. Su aplicación se extiende a todos los puntos de suministro que cumplan con los requisitos establecidos en la Circular 3/2020, y su cumplimiento es obligatorio para los titulares de dichos puntos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece los valores de los peajes de acceso a las redes eléctricas para el año 2022, basándose en la metodología definida en la Circular 3/2020. Los titulares de puntos de suministro deben cumplir con los requisitos establecidos para acceder al peaje y mantener su situación. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia supervisa el cumplimiento de dichos requisitos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de valores de peajes**: La norma define los valores de los peajes de acceso a las redes eléctricas para el año 2022. ⚠️ **Cumplimiento de requisitos**: Los titulares deben cumplir con los requisitos establecidos para acceder al peaje y mantener su situación. 📋 **Metodología de cálculo**: Los peajes se calculan siguiendo criterios de eficiencia económica, transparencia y no discriminación. ℹ️ **Supervisión por la Comisión**: La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia supervisa el cumplimiento de los requisitos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 16 de diciembre de 2021 - **Materias**: Electricidad, peajes, redes de transporte y distribución, Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Resolución de 2021, los peajes de acceso a las redes eléctricas en España estaban regulados por normativas estatales y comunitarias, como la Directiva 2009/72/CE, que establecía un marco general para la liberalización del mercado eléctrico. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) aplicaba criterios propios, pero sin una metodología clara. Esta Resolución introduce una regulación más específica y transparente, alineada con la normativa europea, lo cual es relevante para garantizar la eficiencia del mercado, la equidad en la retribución de las redes y la coherencia con los objetivos de sostenibilidad y competitividad energética de la UE.

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