ResoluciónNacionalvigente

Decreto-ley 4/2021, de 4 de junio, por el que se adoptan medidas de extraordinaria y urgente necesidad orientadas a establecer la prestación a la demanda y garantizar el equilibrio económico de los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera sometidos a obligaciones de servicio público, en el contexto actual de crisis sanitaria y sus efectos en el ámbito de la movilidad de las personas, así como a impulsar la autonomía local en materia de comercio ambulante.

BOE-A-2021-12406Publicada: 24/07/2021COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes del Decreto-ley 4/2021, las normas en materia de transporte público y comercio ambulante se regulaban principalmente a nivel estatal y, en menor medida, por las comunidades autónomas, con un marco jurídico menos flexible y adaptado a las necesidades específicas de cada región. La crisis sanitaria puso de manifiesto la necesidad de una regulación más flexible y localizada, lo que hizo que la autonomía de las CCAA adquiriera mayor relevancia. Este decreto refleja una evolución hacia un modelo más descentralizado, permitiendo una mejor adaptación a las realidades locales y garantizando la sostenibilidad económica de los servicios de transporte y el comercio ambulante.

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