Orden PCM/545/2021, de 2 de junio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de junio de 2021, por el que se prorroga el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden PCM/545/2021, de 2 de junio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente orden ministerial prorroga el acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, que limita los vuelos entre Brasil, Sudáfrica y los aeropuertos españoles, hasta el 22 de junio de 2021. **2. CONTEXTO** El acuerdo original fue adoptado en febrero de 2021 para limitar la propagación del virus SARS-CoV-2 mediante restricciones aéreas. Se ha prorrogado en varias ocasiones, incluyendo en mayo y junio de 2021, en respuesta a la evolución de la pandemia. La medida se basa en la necesidad de controlar el contagio y proteger la salud pública. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial PCM/545/2021, publicado el 2 de junio de 2021, establece la prorroga del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, que limita los vuelos entre Brasil, Sudáfrica y los aeropuertos españoles. Este acuerdo fue adoptado a propuesta de la Ministra de Sanidad y del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, durante la reunión del Consejo de Ministros del 1 de junio de 2021. El acuerdo original, de 2 de febrero de 2021, establecía que los vuelos desde Brasil o Sudáfrica a España, con o sin escalas, solo podían realizarse si transportaban exclusivamente ciudadanos españoles, andorranos, residentes en España o Andorra, o pasajeros en tránsito internacional con escala inferior a 24 horas. Esta medida se prorrogó en varias fechas, incluyendo el 9 de febrero, 23 de febrero, 9 de marzo, 23 de marzo, 6 de abril, 20 de abril, 4 de mayo y 18 de mayo de 2021. El plazo original de vigencia finalizaba el 8 de junio de 2021, pero se extendió hasta el 22 de junio de 2021. El acuerdo establece que el Ministerio de Sanidad podrá levantar las limitaciones previstas en cualquier momento antes de la finalización del plazo, siempre que se justifique la decisión. Además, se dispone la comunicación de la medida al Consejo Europeo, a los Estados miembros y a la Organización Mundial de la Salud, en cumplimiento del Reglamento Sanitario Internacional. El acuerdo surte efecto una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado. La prorroga se fundamenta en la necesidad de continuar controlando la propagación del virus, especialmente en contextos de evolución de la pandemia y decisiones coordinadas a nivel europeo. El texto legal se estructura en cuatro puntos principales: 1. **Prórroga del acuerdo**: Se extiende la vigencia del acuerdo original hasta el 22 de junio de 2021. 2. **Habilitación**: El Ministerio de Sanidad podrá levantar las restricciones con carácter general si lo considera oportuno. 3. **Información y notificación**: La medida se comunica a la Comisión Europea, a los Estados miembros y a la OMS. 4. **Eficacia**: El acuerdo entra en vigor al publicarse en el B.O.E. Estas disposiciones reflejan la flexibilidad del gobierno para adaptar las medidas sanitarias a la evolución de la situación epidemiológica, manteniendo un equilibrio entre la protección pública y la movilidad aérea. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden ministerial prorroga las restricciones aéreas entre Brasil, Sudáfrica y España hasta el 22 de junio de 2021. El Ministerio de Sanidad puede levantarlas antes si lo considera necesario. La medida se comunica a organismos internacionales y entra en vigor al publicarse en el B.O.E. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga de medidas aéreas**: Se extiende hasta el 22 de junio de 2021 la limitación de vuelos entre Brasil, Sudáfrica y España. ⚠️ **Flexibilidad sanitaria**: El Ministerio de Sanidad puede levantar las restricciones si lo considera necesario. 📋 **Comunicación internacional**: La medida se notifica a la Comisión Europea, a los Estados miembros y a la OMS. ℹ️ **Eficacia inmediata**: El acuerdo entra en vigor al publicarse en el Boletín Oficial del Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial PCM/545/2021 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 2 de junio de 2021 - **Materias**: Salud pública, transporte aéreo, medidas excepcionales, pandemia - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden PCM/545/2021, existían medidas estatales y de la UE que limitaban los vuelos internacionales para contener la pandemia de COVID-19. En el contexto español, el gobierno había establecido restricciones aéreas a países considerados de riesgo, como Brasil y Sudáfrica, con el objetivo de limitar la propagación del virus. Estas medidas se alineaban con las directrices de la UE, que también implementó restricciones aéreas y fronteras. La importancia de esta norma radica en que prolonga una medida ya vigente, reflejando la evolución de la pandemia y la necesidad de mantener controles sanitarios para proteger la salud pública.