Saltar al contenido principal
ResoluciónNacionalvigente

Decreto-ley 1/2021, de 28 de enero, por el que se adoptan medidas excepcionales para facilitar el pago de determinadas deudas tributarias.

BOE-A-2021-5269Publicada: 05/04/2021COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Decreto-ley 1/2021, de 28 de enero, por el que se adoptan medidas excepcionales ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Decreto-ley 1/2021 establece medidas excepcionales para facilitar el pago de ciertas deudas tributarias en Canarias, con el objetivo de mitigar los efectos económicos de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19. 2. **CONTEXTO** La crisis sanitaria generada por el SARS-CoV-2 ha impactado significativamente la economía canaria, especialmente en sectores como el turismo y el comercio. Para paliar estos efectos, la Comunidad Autónoma de Canarias ha adoptado diversas medidas tributarias durante el estado de alarma. El presente decreto-ley se enmarca en este marco, buscando aliviar la carga fiscal de los ciudadanos y empresas afectados. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Decreto-ley 1/2021, de 28 de enero de 2021, introduce medidas excepcionales para facilitar el pago de determinadas deudas tributarias en Canarias. Estas medidas se fundamentan en el artículo 47.1 del Estatuto de Autonomía de Canarias, que otorga al Gobierno autonómico la competencia para adoptar medidas excepcionales en materia tributaria. El texto establece que las deudas tributarias que se hayan vencido durante el estado de alarma, o que se hayan vencido en los meses siguientes, podrán ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento, siempre que se solicite al órgano competente de la Agencia Tributaria canaria dentro de un plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al vencimiento del aplazamiento. Además, se permite la ampliación excepcional del plazo de presentación de la autoliquidación de la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos, que se devengue el día 1 de enero de 2021, hasta el 20 de octubre de 2021. También se autoriza a la Consejería competente en materia tributaria a modificar el importe de las cuotas fijas de dicha tasa, teniendo en cuenta los períodos de suspensión y restricción de la actividad del juego en cada trimestre. Esta modificación podrá ser territorializada, es decir, aplicada de forma diferente según la zona. Es importante destacar que las medidas establecidas en este decreto no serán aplicables a deudas de tributos cedidos por el Estado, lo que refleja una limitación a la competencia autonómica en ciertos aspectos tributarios. El decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias», lo que permite una aplicación inmediata de las medidas en el contexto de la crisis sanitaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Decreto-ley 1/2021 introduce medidas excepcionales para aliviar la carga tributaria en Canarias durante la crisis sanitaria. Estas medidas permiten aplazar o fraccionar deudas tributarias, ampliar plazos de presentación de autoliquidaciones y ajustar cuotas fijas de ciertas tasas. No aplica a tributos cedidos por el Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Medidas excepcionales**: Se permiten aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias afectadas por la crisis sanitaria. ⚠️ **Limitaciones**: No se aplican a tributos cedidos por el Estado. 📋 **Plazos específicos**: El plazo para solicitar el aplazamiento es de quince días hábiles. ℹ️ **Ampliación de plazos**: Se extiende el plazo de presentación de la autoliquidación de la Tasa fiscal sobre juegos de suerte hasta el 20 de octubre de 2021. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica (Canarias) - **Fuente**: Boletín Oficial de Canarias, número 20, de 29 de enero de 2021 - **Tipo**: Decreto-ley - **Fecha**: 28 de enero de 2021 - **Materias**: Tributaria, crisis sanitaria, alivio fiscal, estado de alarma - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Decreto-ley 1/2021, Canarias, crisis sanitaria, tributaria, alivio fiscal, estado de alarma ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Decreto-ley 1/2021, las medidas para el pago de deudas tributarias eran reguladas principalmente por el Estado y las Comunidades Autónomas, con un marco jurídico más general y menos flexible. En el contexto de la crisis sanitaria por el COVID-19, Canarias, como CCAA, adoptó medidas tributarias excepcionales para aliviar la carga fiscal de sus ciudadanos y empresas afectadas. Esta norma se diferencia por su enfoque específico y temporal, respondiendo a las necesidades particulares de la isla, mientras que otras CCAA o el Estado aplicaban medidas más generales. La importancia radica en que refleja la autonomía fiscal de Canarias y su capacidad para adaptar políticas a su contexto económico único.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →