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ResoluciónNacionalvigente

Convenio entre el Reino de España y la República de Bielorrusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 14 de junio de 2017.

BOE-A-2021-3239Publicada: 02/03/2021MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Convenio entre el Reino de España y la República de Bielorrusia para evitar la d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Convenio entre España y Bielorrusia busca evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, entrando en vigor en 2021. 2. **CONTEXTO** Este acuerdo fue firmado en Madrid el 14 de junio de 2017 y entró en vigor el 9 de mayo de 2021. Fue ratificado por ambas partes tras cumplir los requisitos internos. El objetivo es facilitar la cooperación fiscal entre ambos países y garantizar la aplicación uniforme de los impuestos en materia de renta y patrimonio. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Convenio entre el Reino de España y la República de Bielorrusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio establece un marco jurídico para la cooperación fiscal entre ambos países. El Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes, y se extiende a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio exigibles por cada uno de los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales, cualquiera que sea el sistema de su exacción. En el artículo 2, se define claramente qué impuestos se aplican. En España, se incluyen el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, el Impuesto sobre el Patrimonio y los impuestos locales sobre la renta y sobre el patrimonio. En Bielorrusia, se incluyen el Impuesto sobre la renta, el Impuesto sobre los beneficios, el Impuesto sobre la renta de las personas físicas y el Impuesto sobre bienes inmuebles. El Convenio establece reglas para la determinación de la residencia fiscal, la definición de bienes inmuebles, el método de reparto de beneficios y la aplicación de las normas internas de cada país. Por ejemplo, en el artículo 6, se establece que los bienes inmuebles se definirán según la normativa interna de Bielorrusia hasta que se modifique. En el artículo 7, se menciona que el método de reparto se aplica conforme al artículo 139 del Código Tributario de Bielorrusia. En el artículo 11, se define la expresión "entidad pública" como cualquier organismo, institución o persona jurídica de derecho público o organizada íntegramente o principalmente participada por el Estado o por una de sus subdivisiones políticas o entidades locales. Además, el Convenio incluye un Protocolo que fue firmado en Madrid el 14 de junio de 2017 y entró en vigor el 9 de mayo de 2021. El Protocolo establece que el Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes, y que se aplicará a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio exigibles por cada uno de los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales, cualquiera que sea el sistema de su exacción. El Convenio también establece que el texto se firmó en Madrid el 14 de junio de 2017, en las lenguas española, rusa e inglesa, siendo todos los textos igualmente auténticos. Fue ratificado por ambas partes tras cumplir los requisitos internos, y entró en vigor el 9 de mayo de 2021, transcurrido un plazo de tres meses a partir de la fecha de recepción de la última notificación sobre el cumplimiento de los requisitos internos de ambas Partes, según se establece en su artículo 27. El Convenio establece que el texto se firmó en Madrid el 14 de junio de 2017, en las lenguas española, rusa e inglesa, siendo todos los textos igualmente auténticos. Fue ratificado por ambas partes tras cumplir los requisitos internos, y entró en vigor el 9 de mayo de 2021, transcurrido un plazo de tres meses a partir de la fecha de recepción de la última notificación sobre el cumplimiento de los requisitos internos de ambas Partes, según se establece en su artículo 27. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Convenio establece un marco jurídico para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal entre España y Bielorrusia. Su entrada en vigor en 2021 refleja el compromiso de ambas partes de fortalecer la cooperación fiscal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ámbito de aplicación**: Se aplica a personas residentes en España o Bielorrusia y a impuestos sobre la renta y patrimonio. ⚠️ **Impuestos específicos**: En España, se incluyen el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades, entre otros. En Bielorrusia, el Impuesto sobre la renta y el Impuesto sobre bienes inmuebles. 📋 **Reglas de residencia fiscal**: Se establecen criterios para determinar la residencia fiscal de las personas. ℹ️ **Cooperación fiscal**: El Convenio facilita la cooperación entre ambos países para evitar la doble imposición y la evasión fiscal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España y Bielorrusia - **Fuente**: Convenio entre el Reino de España y la República de Bielorrusia - **Tipo**: Convenio internacional - **Fecha**: 14 de junio de 2017 (firma), 9 de mayo de 2021 (entrada en vigor) - **Materias**: Fiscalidad, doble imposición, evasión fiscal - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Convenio fiscal, doble imposición, evasión fiscal, cooperación fiscal, impuestos sobre la renta y patrimonio ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Convenio entre España y Bielorrusia, la cooperación fiscal entre ambos países se regía por normas estatales y, en algunos casos, por acuerdos bilaterales más generales. Este Convenio establece un marco específico para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, superando las limitaciones de los acuerdos previos. Su importancia radica en su aplicación uniforme y en la creación de un sistema más eficiente de cooperación fiscal, facilitando el intercambio de información y la coordinación entre las autoridades fiscales de ambos países.

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