Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, de extensión excepcional de la vigencia de los títulos habilitantes contemplados en la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, de personal ferroviario, en virtud de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, en la redacción dada por la disposición final octava del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 23 de septiembre de 2020 extiende excepcionalmente la vigencia de los títulos habilitantes del personal ferroviario durante el estado de alarma por la crisis sanitaria causada por el COVID-19. 2. **CONTEXTO** Durante la crisis sanitaria generada por el COVID-19, el estado de alarma impidió la realización de reciclajes formativos y certificados psicofísicos necesarios para mantener la vigencia de los títulos habilitantes del personal ferroviario. La Orden TMA/245/2020, de 17 de marzo de 2020, estableció una prórroga automática de dichos títulos. La presente Resolución prolonga esta medida excepcional hasta el 30 de noviembre de 2020. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de septiembre de 2020, publicada en el Boletín Oficial del Estado, extiende excepcionalmente la vigencia de los títulos habilitantes del personal ferroviario que se encontraban en período de caducidad entre el inicio del estado de alarma y un mes después de su finalización. Esta medida se basa en la Orden TMA/245/2020, de 17 de marzo de 2020, que permitió la prórroga automática de dichos títulos. La extensión excepcional se aplica únicamente a aquellos títulos que perdían vigencia durante el periodo del estado de alarma, y se prolonga hasta el 30 de noviembre de 2020. La Resolución establece que las empresas ferroviarias o los administradores de infraestructuras que emitan los títulos habilitantes deben cumplir con tres obligaciones: a) Justificar que el personal que se acoge a la prórroga es solo el estrictamente necesario para el adecuado funcionamiento del sistema ferroviario, por realizar actividades críticas para la continuidad del servicio. b) Adoptar medidas necesarias y temporales de mitigación alternativas para garantizar que el personal afectado mantenga la aptitud y conocimientos para ejercer sus funciones. c) Comunicar a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria la identificación del personal afectado, el tipo de título habilitante, el motivo de su caducidad y las medidas temporales adoptadas. La Resolución entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado y se publica en la página web de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria. Además, se establece que contra la Resolución se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, dentro de un plazo de dos meses, o recurso de reposición ante la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria dentro de un mes, contados desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado. La medida se fundamenta en la disposición adicional vigésimo-primer de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, en la redacción dada por la disposición final octava del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. Esta norma permite al Estado tomar medidas excepcionales en materia de seguridad ferroviaria durante situaciones de emergencia sanitaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución extiende excepcionalmente la vigencia de los títulos habilitantes del personal ferroviario durante el estado de alarma. Las empresas deben justificar el uso de esta prórroga y adoptar medidas alternativas. La medida se publica en el Boletín Oficial del Estado y se puede impugnar mediante recursos administrativos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Extensión excepcional de la vigencia de títulos habilitantes** ⚠️ **Aplicación solo a títulos caducados durante el estado de alarma** 📋 **Obligaciones de las empresas ferroviarias y administradores de infraestructuras** ℹ️ **Plazos para recursos administrativos y publicidad** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de septiembre de 2020 - **Materias**: Seguridad ferroviaria, títulos habilitantes, estado de alarma, crisis sanitaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2020, los títulos habilitantes del personal ferroviario tenían una vigencia definida, y su renovación dependía de la realización de formación y certificados psicofísicos. Durante el estado de alarma por el COVID-19, la Orden TMA/245/2020 permitió una prórroga automática temporal. La Resolución de 2020 amplió esta medida excepcional, extendiendo la vigencia de los títulos que caducaron durante el periodo de alarma. Esta norma, vigente a nivel estatal, se alinea con la regulación de las Comunidades Autónomas y la Unión Europea, que también adaptaron sus marcos legales para garantizar la continuidad laboral en situaciones de crisis sanitaria. La importancia radica en mantener la seguridad ferroviaria y la operatividad del sistema durante un periodo crítico.