Circular 5/2020, de 9 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se regula la gestión del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte y se modifica la Circular 2/2017, de 8 de febrero, por la que se regulan los procedimientos de constitución, gestión y reparto del fondo de pagos compensatorios del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Circular 5/2020, el mecanismo de fomento del uso de biocarburantes en España se regulaba principalmente por la Circular 2/2017, que establecía el fondo de pagos compensatorios. Este marco era estatal, pero las Comunidades Autónomas (CCAA) tenían cierta autonomía en su aplicación. A nivel europeo, la Directiva 2009/28/CE establecía objetivos de uso de combustibles renovables, pero no detallaba mecanismos específicos de compensación. La importancia de la Circular 5/2020 radica en su actualización y coordinación con el marco europeo, mejorando la gestión del mecanismo y su compatibilidad con las normas de la UE.