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ResoluciónNacionalvigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 3993-2019, contra el artículo único, apartados 1, 3, 5 y 6; y disposición transitoria de la Ley 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

BOE-A-2019-12865Publicada: 07/09/2019TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** El Tribunal Constitucional admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad número 3993-2019 promovido por el Defensor del Pueblo. Este recurso cuestiona la conformidad de ciertos artículos de una ley de caza con la Constitución española. La decisión se toma mediante providencia del 5 de septiembre de 2019. **¿A quién afecta?** Afecta a la Ley 9/2019 de 28 de marzo, que modificó la Ley de caza de Castilla y León. El Defensor del Pueblo impugna específicamente el artículo único en sus apartados 1, 3, 5 y 6, así como una disposición transitoria de esta ley autonómica. **¿Qué cambia o establece?** Establece que el Tribunal Constitucional abre procedimiento para examinar si los artículos cuestionados son compatibles con la Constitución. El tribunal revisará si la ley de caza respeta los derechos y principios constitucionales, y posteriormente dictará sentencia determinando la validez o invalidez de las disposiciones impugnadas.

💬 Contexto ciudadano

El recurso de inconstitucionalidad 3993-2019, promovido por el Defensor del Pueblo contra la Ley 9/2019 de caza de Castilla y León, es un mecanismo excepcional que el Defensor puede utilizar conforme al artículo 162.1.a CE. El Defensor presenta pocos recursos de este tipo, reservándolos para normas que considera especialmente lesivas para los derechos fundamentales. Los aspectos cuestionados de la ley de caza probablemente afectan a la protección de la fauna silvestre o a competencias medioambientales de la Administración central. La caza es una materia con repartición competencial compleja: las comunidades autónomas tienen competencias exclusivas en su ordenación, pero el Estado puede establecer bases en materia de protección ambiental conforme al artículo 149.1.23 CE.

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