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Resolución de 19 de mayo de 2020, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se autoriza la celebración, por medios telemáticos, de las pruebas de idoneidad para la obtención de los diferentes títulos profesionales de la marina mercante durante la vigencia del estado de alarma declarado para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

BOE-A-2020-5278Publicada: 25/05/2020Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 19 de mayo de 2020, de la Dirección General de la Marina Mercante, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 19 de mayo de 2020 autoriza la celebración de pruebas de idoneidad para la obtención de títulos profesionales de la marina mercante mediante medios telemáticos durante el estado de alarma por la crisis sanitaria del COVID-19. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 463/2020 declaró el estado de alarma para gestionar la crisis sanitaria causada por el COVID-19, el cual fue prorrogado varias veces hasta el 24 de mayo de 2020. Durante este periodo, se suspendieron las actividades presenciales en centros de formación, pero se permitieron las modalidades a distancia. La Orden TMA/258/2020 amplió el plazo de validez de los títulos marítimos y autorizó al Director General de la Marina Mercante a establecer criterios para organizar las pruebas de idoneidad afectadas por el estado de alarma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 19 de mayo de 2020, emitida por la Dirección General de la Marina Mercante, establece que durante el estado de alarma, las pruebas de idoneidad para la obtención de títulos profesionales de la marina mercante pueden celebrarse mediante medios telemáticos. Esta medida se fundamenta en el Real Decreto 463/2020, que permitió la suspensión de actividades presenciales y la realización de actividades a distancia. La Orden TMA/258/2020, modificada por la Orden TMA/419/2020, otorgó al Director General la facultad de dictar criterios interpretativos para organizar las pruebas afectadas por el estado de alarma. La Resolución detalla los requisitos técnicos que deben cumplir los medios telemáticos, como la interacción entre el Tribunal y el alumno, el ancho de banda, las medidas de seguridad, la accesibilidad para personas con discapacidad, la identificación de usuarios y la compatibilidad con contenidos multimedia. Además, establece que la evaluación debe seguir los criterios definidos en las resoluciones correspondientes, utilizando herramientas de comunicación sincrónica como videoconferencias, chats en tiempo real, etc. La organización de la evaluación incluye la elaboración de una guía para el uso de la plataforma, el registro y control de la actividad del alumnado, y la disponibilidad de herramientas de comunicación tanto síncronas como asíncronas. La Resolución también establece que debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y que puede interponerse recurso de alzada en un mes ante la Secretaría General de Transportes y Movilidad. Esta norma se basa en el artículo 45 de la Ley 39/2015, que regula la publicación de actos administrativos, y en los artículos 121 y siguientes de la misma, que establecen los recursos administrativos disponibles. La Resolución no pone fin a la vía administrativa, lo que significa que se puede impugnar ante las autoridades competentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución autoriza la celebración de pruebas de idoneidad mediante medios telemáticos durante el estado de alarma. Establece requisitos técnicos y de organización para garantizar la validez de estas pruebas. La norma se publica en el BOE y permite recursos de alzada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de pruebas telemáticas**: Se permite la celebración de pruebas de idoneidad mediante medios telemáticos durante el estado de alarma. ⚠️ **Requisitos técnicos**: Se establecen condiciones como interacción, seguridad, accesibilidad y compatibilidad con contenidos multimedia. 📋 **Organización de la evaluación**: Incluye guías de uso, registro de actividad y herramientas de comunicación. ℹ️ **Procedimiento de publicación y recurso**: La norma se publica en el BOE y permite recurso de alzada en un mes. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 19 de mayo de 2020, Dirección General de la Marina Mercante - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 19 de mayo de 2020 - **Materias**: Formación marítima, estado de alarma, pruebas de idoneidad, medios telemáticos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: estado de alarma, pruebas telemáticas, formación marítima, Marina Mercante, Resolución, BOE ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2020, las pruebas de idoneidad para títulos marítimos se realizaban presencialmente, conforme a normas estatales y reglamentos de las CCAA. Durante el estado de alarma por el COVID-19, la suspensión de actividades presenciales obligó a adaptar el sistema educativo marítimo. La Resolución de 2020 permitió la celebración telemática de estas pruebas, siguiendo las directrices del Real Decreto 463/2020 y la Orden TMA/258/2020. Esta medida fue clave para garantizar la continuidad del sistema formativo marítimo, evitando retrasos en la obtención de títulos y manteniendo la actividad profesional en un contexto de crisis sanitaria.

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