Orden MinisterialNacionalvigente

Orden JUS/430/2020, de 22 de mayo, por la que se activa la Fase 2 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

BOE-A-2020-5241Publicada: 23/05/2020Ministerio de Justicia

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden JUS/430/2020, de 22 de mayo, por la que se activa la Fase 2 del Plan de De ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden JUS/430/2020 activa la Fase 2 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19, modificando el anexo I de la Orden JUS/394/2020 para adaptar las medidas de seguridad laboral a la evolución de la pandemia. 2. **CONTEXTO** La Orden JUS/394/2020 establece un plan de desescalada en cuatro fases para la Administración de Justicia. La Fase 2 se activa tras la evaluación de la situación sanitaria y las recomendaciones de la Autoridad Sanitaria. La presente orden modifica el anexo I de dicha orden para ajustar las medidas de seguridad laboral. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden JUS/430/2020, de 22 de mayo de 2020, activa la Fase 2 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19, según el anexo II de la Orden JUS/394/2020. Esta activación tendrá efectos desde el 26 de mayo de 2020. El anexo de la presente orden detalla los criterios para la implantación de esta fase. En el anexo I de la Orden JUS/394/2020, se modifican varios puntos para adaptar las medidas de seguridad laboral a la evolución de la pandemia. En concreto, el apartado 1 del punto 8 queda redactado como: «1. El uso de mascarilla será obligatorio en los casos que la autoridad sanitaria determine.» El apartado 2 del punto 9 se modifica para permitir la mejora de espacios de trabajo, siempre que sea necesaria para el servicio y previa autorización de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia o del órgano competente de la Comunidad Autónoma. La solicitud de esta mejora se comunicará al responsable superior correspondiente. No se podrá autorizar esta mejora si es incompatible con los criterios de salud laboral sobre ocupación de los espacios. Además, se establece la exclusión formal de participación presencial en turnos para el personal que tenga reconocidos permisos por patologías susceptibles de agravarse por el COVID-19, o por razón de deber inexcusable, como cuidado de menores de 14 años o personas dependientes. Esta exclusión se aplicará mientras no se verifique por el servicio de prevención en qué condiciones puede prestar servicio en situación de seguridad. También se establece la realización de funciones mediante teletrabajo, permitiendo que los funcionarios voluntariamente acogidos a esta modalidad participen en turnos presenciales cuando sea imprescindible para completar los porcentajes de prestación de servicios en régimen presencial. Estas medidas se toman en consulta con los Consejos Generales de la Abogacía, Procuradores y Graduados Sociales, así como con las organizaciones sindicales, y de conformidad con las recomendaciones de la Autoridad Central Sanitaria en virtud de la Orden SND/261/2020, de 19 de marzo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden JUS/430/2020 activa la Fase 2 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia, adaptando las medidas de seguridad laboral a la evolución de la pandemia. Se modifica el anexo I de la Orden JUS/394/2020 para incluir nuevas normas sobre mascarillas, mejora de espacios, exclusión de participación presencial y teletrabajo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Activación de la Fase 2**: Se inicia el 26 de mayo de 2020, según el anexo II de la Orden JUS/394/2020. ⚠️ **Modificaciones en el anexo I**: Se actualizan las medidas de seguridad laboral, incluyendo el uso obligatorio de mascarillas y la exclusión de personal con patologías o deberes inexcusables. 📋 **Medidas de seguridad**: Se establecen criterios para la mejora de espacios, teletrabajo y participación presencial. ℹ️ **Consultas y recomendaciones**: La orden se toma en consulta con distintas instituciones y de conformidad con las recomendaciones sanitarias. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden JUS/430/2020 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 22 de mayo de 2020 - **Materias**: Administración de Justicia, Seguridad Laboral, Pandemia, Teletrabajo - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden JUS/430/2020, el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia se regía por la Orden JUS/394/2020, que establecía cuatro fases para adaptar las medidas de seguridad ante el COVID-19. La Fase 2 se activó en mayo de 2020, modificando el anexo I para ajustar las normas de prevención laboral a la evolución de la pandemia. Esta norma refleja una adaptación progresiva de las medidas estatales, que se aplican uniformemente en todas las Comunidades Autónomas, siguiendo las directrices de la Unión Europea. Importa porque muestra cómo las autoridades respondieron a la crisis sanitaria con un marco flexible y coordinado, priorizando la seguridad de los trabajadores y el funcionamiento de los servicios jurídicos.

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