Orden MinisterialNacionalvigente

Orden INT/368/2020, de 24 de abril, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

BOE-A-2020-4649Publicada: 25/04/2020Ministerio del Interior

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden INT/368/2020, de 24 de abril, por la que se prorrogan los controles en las ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden INT/368/2020 prorroga los controles en las fronteras interiores terrestres de España hasta el 10 de mayo de 2020, como medida complementaria para gestionar la crisis sanitaria por el COVID-19. 2. **CONTEXTO** La Orden INT/239/2020 estableció controles en las fronteras interiores terrestres como medida complementaria al estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020. Estos controles se prorrogaron en varias ocasiones, incluyendo mediante las Órdenes INT/283/2020 y INT/335/2020. La Orden INT/368/2020 prolonga dichos controles hasta el 10 de mayo de 2020, en cumplimiento del artículo 28.3 del Código de Fronteras Schengen. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden INT/368/2020, emitida por el Ministerio del Interior, establece la prorrogación de los controles en las fronteras interiores terrestres de España hasta el 10 de mayo de 2020. Esta medida se fundamenta en el Real Decreto 463/2020, que declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria por el COVID-19, y en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/399, que establece el Código de Fronteras Schengen. El artículo único de la Orden establece que los controles se prorrogan desde las 00:00 horas del 26 de abril de 2020 hasta las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020. Solo se permite la entrada en el territorio nacional por vía terrestre a ciudadanos españoles, residentes en España, residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia, trabajadores transfronterizos, profesionales sanitarios o del cuidado de mayores, y personas que acrediten causas de fuerza mayor o situación de necesidad. Se exceptúan del control el personal extranjero acreditado en misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales, siempre que se trate de desplazamientos vinculados a sus funciones oficiales. Además, se establece que las medidas no son aplicables al transporte de mercancías, con el fin de preservar la continuidad de la actividad económica y la cadena de abastecimiento. La Orden también incluye disposiciones finales sobre la notificación de la medida a los Estados miembros, la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo, conforme a los artículos 28.3 y 31 del Reglamento (UE) 2016/399. La medida entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y produce efectos a partir del 26 de abril de 2020, con vigencia hasta el 10 de mayo de 2020. Esta norma se fundamenta en el artículo 4, apartados 2 y 3, del Real Decreto 463/2020, que otorga al Ministerio del Interior la competencia para adoptar medidas de emergencia en materia de seguridad y salud pública. La prorrogación de los controles se considera proporcional a la gravedad de la situación sanitaria y congruente con las medidas adoptadas por otros Estados miembros de la Unión Europea, como Francia y Portugal, con los que España comparte fronteras terrestres interiores. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden INT/368/2020 prorroga los controles en las fronteras interiores terrestres de España hasta el 10 de mayo de 2020, como medida necesaria para gestionar la crisis sanitaria por el COVID-19. La medida se fundamenta en el derecho europeo y en el estado de alarma declarado. Se establecen restricciones claras sobre quién puede acceder al territorio nacional, con excepciones para ciertos grupos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga de controles fronterizos**: Los controles en las fronteras interiores terrestres se prorrogan hasta el 10 de mayo de 2020. ⚠️ **Restricciones de entrada**: Solo se permite la entrada a ciudadanos españoles, residentes y personas con causas justas. 📋 **Excepciones específicas**: Se exceptúan el personal diplomático y el transporte de mercancías. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en el Real Decreto 463/2020 y el Reglamento (UE) 2016/399. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial INT/368/2020 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de abril de 2020 - **Materias**: Salud pública, fronteras, estado de alarma, movilidad, seguridad - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden INT/368/2020, las fronteras interiores terrestres de España ya estaban bajo control como medida complementaria al estado de alarma, establecido por la Orden INT/239/2020. Esta medida se alineaba con la política de fronteras de la UE bajo el Código de Fronteras Schengen, que permite controles excepcionales en situaciones de crisis. La prorrogación de la Orden INT/368/2020 refleja la necesidad de mantener controles fronterizos para contener la propagación del virus, destacando la coordinación entre el Estado español y la UE en la gestión de la crisis sanitaria.

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