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Orden INT/369/2020, de 24 de abril, por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de formación permanente de los vigilantes de seguridad y vigencia de las tarjetas de identidad profesional del personal de seguridad privada.

BOE-A-2020-4650Publicada: 25/04/2020Ministerio del Interior

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden INT/369/2020, de 24 de abril, por la que se adoptan medidas excepcionales ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden INT/369/2020 establece medidas excepcionales para la formación permanente de vigilantes de seguridad y la prórroga de la vigencia de las tarjetas de identidad profesional durante el estado de alarma causado por la crisis sanitaria por el COVID-19. 2. **CONTEXTO** La Orden INT/316/2020, de 2 de abril, ya había suspendido los ejercicios de tiro durante el primer semestre de 2020. Sin embargo, se reconoció la necesidad de adoptar medidas adicionales en otros aspectos del régimen jurídico de la seguridad privada, como la formación permanente y la vigencia de las tarjetas de identidad profesional. Estas medidas se adoptaron en aplicación del Real Decreto 463/2020, que declaró el estado de alarma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden INT/369/2020, de 24 de abril de 2020, introduce medidas excepcionales en materia de formación permanente del personal de seguridad privada y en la vigencia de las tarjetas de identidad profesional (TIP) durante el estado de alarma. Estas medidas se fundamentan en el artículo 4.3 del Real Decreto 463/2020, que permite la adopción de medidas excepcionales en situaciones de crisis sanitaria. En materia de formación permanente, el artículo 1 establece que durante el año 2020, los cursos anuales de actualización o especialización para los vigilantes de seguridad, regulados en el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada (aprobado por el Real Decreto 2364/1994) y en el artículo 7 de la Orden INT/318/2011, podrán realizarse exclusivamente de forma no presencial. Esta medida permite adaptarse a las restricciones de movilidad y contacto físico derivadas del estado de alarma, garantizando así la continuidad de la formación del personal de seguridad. En cuanto a la vigencia de las tarjetas de identidad profesional, el artículo 2 establece que las TIP cuya vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas quedarán automáticamente prorrogadas hasta seis meses después de su finalización. Esta prórroga se extiende a las mismas autorizaciones, licencias y permisos que se mencionan en el Real Decreto 463/2020, como el documento nacional de identidad, el permiso de conducción o determinadas licencias de armas. Esta medida busca evitar la interrupción del ejercicio profesional del personal de seguridad privada, dada la imposibilidad de cumplir con los requisitos de desplazamiento y distanciamiento social. Además, el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada establece que las empresas de seguridad privada deben garantizar la organización y asistencia de su personal a cursos de actualización en materias que hayan experimentado modificaciones o evoluciones sustanciales, o en aquellas en las que resulte conveniente una mayor especialización. Para los vigilantes de seguridad, los cursos de actualización o especialización deben tener una duración mínima de veinte horas lectivas. La Orden INT/369/2020 adapta esta norma a la situación excepcional, permitiendo la realización de dichos cursos de forma no presencial. La disposición final única establece que la Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que garantiza una entrada en vigor inmediata y eficaz de las medidas adoptadas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden INT/369/2020 introduce medidas excepcionales para garantizar la continuidad de la formación del personal de seguridad y la vigencia de las tarjetas de identidad profesional durante el estado de alarma. Estas medidas permiten la realización de cursos de formación de forma no presencial y la prórroga automática de las TIP, adaptándose a las restricciones sanitarias vigentes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Formación permanente**: Los cursos de actualización pueden realizarse de forma no presencial durante 2020. ⚠️ **Limitaciones**: La suspensión de ejercicios de tiro ya fue establecida en la Orden INT/316/2020. 📋 **Vigencia de TIP**: Se prorroga automáticamente hasta seis meses después del final del estado de alarma. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en el artículo 4.3 del Real Decreto 463/2020, que permite medidas excepcionales en situaciones de crisis sanitaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de abril de 2020 - **Materias**: Seguridad privada, formación, identidad profesional, estado de alarma - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden INT/369/2020, el régimen de formación permanente y la vigencia de las tarjetas de identidad profesional (TIP) del personal de seguridad privada estaban regulados por normas estatales y autonómicas, con diferencias en su aplicación entre comunidades autónomas y el Estado. La Orden INT/369/2020 introduce medidas excepcionales durante el estado de alarma por la pandemia, adaptándose a la crisis sanitaria y a las exigencias del Real Decreto 463/2020. Importa porque establece un marco uniforme y temporal para garantizar la continuidad del ejercicio profesional en un contexto de emergencia, evitando la suspensión total de derechos laborales y regulando la formación en condiciones excepcionales.

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